
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha rechazado la solicitud del PSOE de devolver a prisión provisional al empresario Víctor de Aldama en la causa del fraude de hidrocarburos. El magistrado rechaza que, como sostenía el partido político, el comisionista esté poniendo “en serio riesgo el esclarecimiento de los hechos y el éxito de la investigación en este procedimiento”.
En su auto, Pedraz advierte al PSOE, que representa una de las acusaciones populares, de un posible “abuso procesal” al solicitar el ingreso en prisión provisional de Aldama sin aportar “nuevos datos o hechos relevantes”.
El titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, Santiago Pedraz, explica que para acordar la comparecencia de prisión se requiere que, al menos, se aporten esa información novedosa o relevante. Si no es así, dice, el instructor no está obligado a acordar la medida, pues aparte de vulnerar el derecho a la estabilidad procesal (que evita el abuso procesal) no existiría base jurídica suficiente para revisar una medida que ya fue decidida.
Además, explica que debe acordarse con el fin de prevenir el riesgo de fuga, la reiteración delictiva o la destrucción de pruebas. Y en este sentido, aclara que de lo alegado en el escrito del PSOE o de lo actuado hasta ahora en la presente causa no hay base para considerar que existan nuevos datos o hechos relevantes.
“Desde luego no lo son las entrevistas o comparecencias públicas que haya podido realizar el investigado, lo acontecido en el Tribunal Supremo o en el Senado, pues son cuestiones que no afectan a esta causa. Los ataques al PSOE o a otras personas, como si el señor Aldama colabore o deje de colaborar en otras causas, no suponen, por tanto, hecho nuevo alguno”, expone.
En relación con el informe de la Guardia Civil de 18 de diciembre, el magistrado afirma que tampoco hay base para encontrar algún hecho relevante, ya que, pese a lo alegado por el PSOE, no puede seguirse que el investigado siga en la reiteración del delito o que oculte pruebas.
No hay ocultación de pruebas
Apunta que “el hecho de reunirse con otro u otros investigados desde luego no lo es (no hay medida que se haya acordado al efecto), aparte de que en el atestado tan solo se significa que pudiera (ser) el retorno de documentación y que luego no se encontró”. “Obviamente no puede deducirse, a falta de otros datos, que se estuvieran ocultando pruebas”, resalta.
“Tampoco lo es lo que la acusación del PSOE transcribe del informe de 12 de diciembre de 2024; página 2, pues a quien menciona (en el párrafo siguiente y que no transcribe) no es al Sr. Aldama, sino a otro investigado. A la fecha actual en la causa no consta que se colige la permanencia en la comisión del delito de dicho investigado”, concluye el juez.
Cabe recordar que el PSOE solicitaba “acordar la prisión provisional” del empresario ante “el riesgo en que se coloca el éxito de la investigación” mientras permanece en libertad.
En su escrito, los socialistas instaban al magistrado Santiago Pedraz a enviar a De Aldama a la cárcel “para evitar la ocultación, alteración o destrucción de las fuentes de prueba relevantes para el enjuiciamiento”.
“Las razones que auspiciaron esta puesta en libertad en el presente procedimiento por una declaración del investigado prestada en otra causa se han visto defraudadas. La supuesta colaboración con la justicia que ofreció Víctor de Aldama era una falacia. Sus imputaciones dirigidas a terceras personas no han sido corroboradas con pruebas”, criticaba el PSOE.
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