
El proceso de solicitud de la nacionalidad española puede ser largo y complicado para muchos extranjeros, sobre todo aquellos que no tienen un vínculo directo con el territorio. Por ello es necesario tener claros ciertos aspectos de la legislación para poder cumplir con las obligaciones que se establecen.
La reciente reforma del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), que se aprobó en el mes de noviembre, introdujo modificaciones significativas que van a facilitar la regularización y obtención de permisos de residencia. Entre las principales novedades se encuentran la simplificación de trámites, la ampliación de permisos iniciales a un año y la posibilidad de renovarlos por cuatro años.
Además, el reglamento incluye medidas específicas para flexibilizar la reagrupación familiar y regularizar situaciones de arraigo, como el “arraigo de segunda oportunidad”. Esta figura permite a personas cuya residencia anterior haya caducado acceder nuevamente a la regularización, facilitando su integración social y laboral.
Cuánto tiempo se puede estar fuera de España
Como en muchos otros países, las formas de acceder a la nacionalidad española son diversas en función de la categoría en la que se encuentre el solicitante. Esto supone que no todo el mundo deberá esperar el mismo tiempo para obtener los papeles, como explicó @lpcabogada_extranjeria a través de su cuenta en TikTok.

Según la legislación, en España existen cuatro plazos para conseguir la nacionalidad, como se indica en el Código Civil:
- Un año: el que haya nacido en territorio español; el que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción; el que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud; el que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho; el viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente; el nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.
- Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí (judíos que se consideran descendientes de los que fueron expulsados de la Península Ibérica a finales del siglo XV).
- Cinco años: para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado.
- Diez años: plazo general.
En el vídeo, la abogada advierte de que las entradas y salidas de España pueden ser un motivo de la denegación de la nacionalidad en caso de incumplir la ley. “Aquellas personas que necesitan diez años para solicitar la nacionalidad española, que tengan claro que no pueden estar fuera de España más de seis meses seguidos”, explicó.
“Para aquellos de, por ejemplo, países iberoamericanos, que solo te piden dos años de residencia o aquellas personas que están casadas con una persona española y te piden solo un año de residencia para solicitarla. No pueden estar fuera de España más de tres meses seguidos”, añadió la especialista.
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