
El Juzgado de Instrucción número 31 de Barcelona inició el pasado mes de julio una investigación contra la compañía de reparto a domicilio Glovo y su fundador y consejero delegado, Óscar Pierre Miquel, a raíz de una denuncia presentada por la Fiscalía de Barcelona debido a un presunto delito contra los derechos de los trabajadores. Ahora, la jueza que lleva el caso le ha citado a declarar como imputado el próximo 3 de diciembre, según han adelantado fuentes jurídicas a elDiario.es.
La magistrada ha decidido fijar esta nueva fecha para evitar una nueva suspensión, como ya ocurrió con la comparecencia inicialmente prevista para septiembre. En el marco de esta investigación, varios repartidores de Glovo ya han prestado declaración como testigos. Sus testimonios, junto con los informes de la Inspección de Trabajo, constituyen la base de las pesquisas que buscan esclarecer el funcionamiento del modelo laboral de la empresa.
La denuncia de la fiscalía
La investigación responde a una denuncia del ministerio público, que afirmaba que la compañía no cumple con la normativa dictada tras las diferentes sentencias judiciales en las que se confirmaba que los repartidores son falsos autónomos, condición con la que la compañía se ahorraba dinero a costa de los riders y con la que se “menoscaba y suprime” los derechos de los trabajadores.
“Glovo utiliza trabajadores a los que exige su alta en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia de la Seguridad Social, estableciendo con ellos una relación en apariencia mercantil que le permite reducir sus costes empresariales”, aducía el organismo en el documento.
Y es que, desde hace varios años, Glovo se enfrenta a un conflicto con el Ministerio de Trabajo por su esquema de empleo. Hasta la fecha, la compañía ha acumulado decenas de juicios y sanciones de la Inspección de Trabajo por toda España, que ha obligado a regularizar como asalariados a cerca de 40.900 repartidores y ha supuesto un desembolso a la compañía de cerca de 253 millones de euros.
El Ministerio de Trabajo citó 18 sentencias, incluida una del Tribunal Supremo, para fundamentar la denuncia. Según estos fallos, la relación entre Glovo y sus repartidores es propia de una relación laboral y no de autónomos. Las sentencias subrayan que los repartidores no tienen autonomía laboral y que Glovo organiza y dirige sus tareas diarias mediante su plataforma digital.

Ley ‘rider’
La ley, puesta en marcha por el Ministerio de Trabajo -en ese momento bajo las directrices de la ahora vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz- en agosto de 2021, pone el foco en detectar y regularizar la situación de los falsos autónomos, es decir, todos aquellos trabajadores que realmente no disponen de una infraestructura empresarial propia y prestan sus servicios para una empresa que los subcontrata.
En 2022, el Gobierno modificó el artículo 311.2 del Código Penal e introdujo penas de prisión de entre seis meses y seis años para las empresas reincidentes en la contratación de falsos autónomos
La primera multa de dicho ministerio a la compañía Glovo llegó en enero de este 2024, por emplear de forma fraudulenta a 49 riders en Asturias.
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