El próximo 1 de julio, la campaña de la declaración de la Renta llegará a su fin y esto solo puede significar una cosa: los contribuyentes que aún no hayan realizado este trámite con la Agencia Tributaria, deben darse prisa. Pese a que, a principios del mes de junio, ya habían tramitado el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) más de 15 millones de personas, aún hay quienes no lo han hecho. Por ello, aquellos que no cumplan con sus responsabilidades fiscales pueden exponerse a las cuantiosas multas que impone Hacienda.
Desde que abriera el plazo para presentar la declaración de la Renta el pasado 3 de abril, este trámite puede realizarse por tres vías diferentes: online, telefónica o presencial. La segunda opción empezó a estar disponible el 7 de mayo, siempre que se haya conseguido cita previa. Hasta ese momento, solo podía hacerse a través de la página web de Hacienda. Por su parte, los que prefieren que les atiendan en las oficinas de la Agencia Tributaria, tuvieron que esperar a hacerlo a partir del 3 de junio.
Pero lo cierto es que no están obligados a rendir cuentas con Hacienda los españoles que, en 2023, tuvieron unos ingresos brutos anuales de un solo pagador de menos de 22.000 euros, o de 15.000 euros, en el caso de tener dos pagadores. En cambio, los contribuyentes cuyos rendimientos superen ese umbral sí tienen que presentar la Renta. Si esto no se hace a tiempo, Hacienda tiene derecho a imponer unas sanciones cuya cuantía varía en función de si la resolución sale a pagar o devolver, hay o no un requerimiento de la administración pública, o del tiempo que se tarde en solucionar el error.
La multa que puede poner Hacienda cuando la declaración sale a pagar

Los contribuyentes que no cumplen con los plazos establecidos por la Agencia Tributaria pueden sufrir distintos niveles de sanción según la situación. En los casos en que no haya recibido un requerimiento previo tras exceder el plazo, deberá presentar una declaración extemporánea, lo que conllevará un recargo del 1% más un 1% adicional por cada mes de retraso. Si se alcanzan los 12 meses, el recargo se incrementará al 15%.
En cambio, si existe un requerimiento previo por parte de la Agencia Tributaria, las sanciones pueden ser significativamente más severas. Las multas en estos casos oscilan entre el 50% y el 150% del importe debido, dependiendo de factores como la gravedad de la infracción, si existen infracciones previas y el perjuicio económico causado a Hacienda.
La gestión adecuada del cumplimiento de obligaciones fiscales es crucial para evitar estos recargos y sanciones que pueden afectar considerablemente la situación financiera del contribuyente.
La multa que puede poner Hacienda cuando la declaración sale a devolver

Hace semanas que la Agencia Tributaria avanza con el proceso de liquidaciones de la Renta, y recuerda a los contribuyentes la importancia de presentar sus declaraciones en el plazo establecido para evitar sanciones. La fecha límite para ello es el 3 de julio, y hasta el momento, el 76,6% de las devoluciones ya han sido abonadas.
Si se presenta la declaración fuera de plazo y esta resulta a devolver, se puede sufrir una multa de 100 euros si se percata del error antes de recibir un aviso de la Agencia Tributaria. En caso de que este llegue antes de que el contribuyente lo reporte, la sanción se eleva a 200 euros.
Es relevante destacar que, en algunos casos, aunque la declaración inicial indicara una devolución a favor del contribuyente, podría darse la circunstancia de que finalmente sea necesario pagar una cantidad a la Agencia Tributaria. Para mitigar riesgos y evitar el pago de sanciones adicionales, la recomendación es cumplir con el plazo establecido para la presentación de la declaración de la Renta.
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