
El Parlamento Europeo y los Estados miembros aprobaron el año pasado la normativa por la que se ponía fin a los coches de combustión de cara a 2035. La nueva legislación estableció que todos los coches y furgonetas nuevos que se vendan en la UE a partir de ese año no deberán producir emisiones de CO2.
En el mismo paquete de medidas, el pacto incluía el objetivo de reducir en al menos un 55% las emisiones contaminantes de los automóviles y el 50% de las furgonetas de aquí a 2030, en comparación con los niveles de 2021 y con el objetivo final de alcanzar la neutralidad climática de aquí a 2050. Según explica el Parlamento Europeo, una quinta parte de las emisiones proceden del transporte
La Eurocámara aclara a través de su página web que estas nuevas normas no significan que todos los coches que circulen tengan que ser de emisiones cero de CO2 en 2035. Las medidas no afectan a los coches existentes, es decir, si compras un coche nuevo ahora, puedes conducirlo hasta el final de su vida útil.
En España salió adelante el pasado 2021 la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, que obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a establecer Zonas de Bajas Emisiones (en sus siglas, ZBE) -áreas urbanas en las que se restringe el acceso a vehículos más contaminantes- antes del final de 2023, aunque se estableció una prórroga hasta diciembre de 2024 para aquellas ciudades que no llegaron a aplicarlas a tiempo.
Cada ciudad puede definir los criterios específicos de restricción, que suelen incluir limitaciones según el tipo de vehículo, la etiqueta ambiental de la DGT que posean, horas del día, entre otros.
Las etiquetas ambientales de la DGT
Las etiquetas ambientales clasifican a los vehículos según su impacto ambiental. La Etiqueta “Cero Emisiones” -de color azul- está destinada para vehículos eléctricos e híbridos enchufables con una autonomía mínima de 40 km. La Etiqueta “ECO” aplica a híbridos enchufables con menor autonomía, híbridos no enchufables y vehículos de gas natural o gas licuado del petróleo.
La Etiqueta “C” -verde- se asigna a turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados desde enero de 2006 y diésel desde septiembre de 2015, así como a vehículos de más de ocho plazas registrados desde 2014. Por último, la Etiqueta “B” -amarilla- se aplica para turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados desde enero de 2000 y diésel desde enero de 2006, e incluye también a vehículos de más de ocho plazas y transporte de mercancías desde 2005.
Todos aquellos vehículos que no disponen de algunas de estas etiquetas no podrán, por norma general, acceder a las ZBE, ya que significa que no cumplen con los requisitos para ser considerado un vehículo limpio. Sin embargo, existen excepciones.
Es el caso de los vehículos históricos. El Real Automóvil Club de España explica que un vehículo puede solicitar la condición de histórico siempre que cumplan con una serie de requisitos. Los requisitos los establece Tráfico y desarrolla debe de tener más de 30 años de antigüedad, o bien un interés o singularidad especial. Los vehículos históricos tienen ciertos privilegios como poder circular sin impedimentos en cualquier ZBE.
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