
La sentencia del caso Dani Alves, condenado finalmente a 4 años y 6 meses de prisión, ha reavivado el debate sobre las consecuencias de la conocida ley del ‘solo sí es sí'. Mientras que desde algunos sectores de la justicia se ha criticado que la norma ha beneficiado al brasileño por la pena impuesta por el tribunal de la Audiencia de Barcelona, desde el feminismo jurídico la sentencia ha sido valorada de forma positiva, aunque con matices.
En declaraciones a Infobae España, la magistrada y ex delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, subraya que la sentencia es “buena” y especialmente “pedagógica”. Sin embargo, destaca que tanto ella como otras juristas feministas han mostrado su indignación al conocer que el tribunal ha apreciado como atenuante la reparación del daño a la víctima por el pago de 150.000 euros que Alves realizó en el juzgado al inicio de la instrucción. Esta circunstancia ha motivado una rebaja sustancial de la pena al futbolista.
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Rosell explica que esa atenuante deja la posible pena en su mitad inferior, pasando de una horquilla de 4 a 12 años de prisión a una de 4 a 8. Y el tribunal ha decidido condenar a Alves a la pena más baja de esa segunda horquilla. Así, la magistrada remarca que la apreciación de la reparación del daño por parte del tribunal ha sido “muy discutida” entre las juristas feministas, ya que, a su juicio, “no vale solo con entregar dinero” para reparar el daño que sufren este tipo de víctimas. De hecho, denuncia la “revictimización” y “vilipendio” que ha soportado la denunciante durante el proceso, especialmente cuando la madre de Alves reveló su identidad y datos personales.

El daño físico y psicológico
La ex delegada del Gobierno contra la Violencia de Género también critica que el tribunal solo haya castigado penalmente el “daño físico” al que fue sometida la víctima y no el “psicológico”, que se queda en un reproche civil con una sanción económica. No obstante, Rosell está “segura” de que “sin la ley y la cultura del solo sí es sí el caso no hubiera acabado con una condena” para Alves.
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Además de la pena de prisión, la Audiencia de Barcelona condena al futbolista a 5 años de libertad vigilada tras su salida de la cárcel, así como a indemnizar a la víctima con 150.000 euros por el daño moral y las lesiones sufridas y a una multa total de 9.000 euros por un delito leve de lesiones. Asimismo, le impide comunicarse con la denunciantes por cualquier medio y acercarse a ella a menos de 1.000 metros.
En su sentencia, el tribunal de la Sección 21ª de la Audiencia de Barcelona “considera probado que el acusado cogió bruscamente a la denunciante, la tiró al suelo y evitando que pudiera moverse la penetró vaginalmente, pese a que la denunciante decía que no, que se quería ir” del baño privado de la discoteca Sutton donde ocurrieron los hechos. Y entiende que “con ello se cumple el tipo de ausencia de consentimiento, con uso de la violencia, y con acceso carnal”.
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