
Tras la aprobación y puesta en marcha del Ingreso Mínimo Vital (IMV) en España hace tres años, han sido muchos los que han necesitado comprobar si cumplían los requisitos para poder solicitar esta ayuda dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que no cuenten con los recursos económicos necesarios para cubrir sus necesidades básicas.
El IMV tiene como objetivo garantizar un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en una situación de especial vulnerabilidad económica, y se dirige tanto a gente que vive sola como a aquellos que formen parte de una unidad de convivencia.
El Ministerio de Inclusión y Seguridad Social ha puesto a disposición de la ciudadanía una web en la que poder consultar las dudas recurrentes a la hora de acceder a este derecho subjetivo que forma parte desde hace ya tres años de, como ellos mismos indican, de su “acción protectora”.
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Plazo máximo para resolver la solicitud de Ingreso Mínimo Vital
Antes de proceder a la solicitud de la ayuda, hay que tener en cuenta que los requisitos básicos para poder optar el IMV son tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año, salvo excepciones como la de los menores incorporados a la unidad de convivencia, las víctimas de trata de seres humanos o de explotación sexual y las mujeres víctimas de violencia de género.
El segundo requisito es encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica. Para ello, se pedirá acreditar cuál es el patrimonio neto, los activos no societarios y el nivel de ingresos y rentas con los que cuenta el solicitante. Por último, es necesario que la unidad de convivencia esté formada desde al menos seis meses.
Una vez comprobado que se cumplen los requisitos y enviada la solicitud para poder optar al Ingreso Mínimo Vital, la Seguridad Social se da un plazo máximo de seis meses para resolverla. Ese plazo empieza a contar desde la fecha de presentación de la solicitud, tal y como indican en el portal web.

Es entonces cuando el el órgano competente, antes de admitirla y de forma previa, procederá a comprobar si los beneficiarios cumplen con el requisito indispensable de vulnerabilidad económica según los datos declarados. Esto se aplica tanto a los beneficiarios que vivan solos o a aquellos que formen parte de una unidad de convivencia.
Si transcurridos esos seis meses no se hubiera producido ninguna resolución expresa por parte de la Seguridad Social, se entenderá denegada la solicitud por silencio administrativo.
Sin embargo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social se compromete a resolver “expresamente” las solicitudes presentadas, incluso si hubieran transcurrido más de seis meses desde su presentación.
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Qué pasa si inadmiten la solicitud de Ingreso Mínimo Vital
En el caso de que la Seguridad Social inadmita la solicitud para recibir el Ingreso Mínimo Vital, la resolución se dictará en el plazo de 30 días. Esta resolución deberá incluir la causa de inadmisión y puede ser objeto de reclamación administrativa previa, explican desde el portal de la Seguridad Social.
Sin embargo, que se admita la solicitud no elimina la posibilidad de que esta sea desestimada en el caso en el que, tras nuevas comprobaciones durante la instrucción del procedimiento, se determinase que no se cumple el requisito de la vulnerabilidad económica.
El portal web de la Seguridad social permite primero realizar un borrador de la solicitud y después, una vez enviada, ver su evolución y realizar gestiones y trámites sobre la misma. También permite comunicar tus datos de contacto, domicilio o cuenta bancaria en el caso de que haya cambiado tu situación personal o familiar.
También está disponible para los ciudadanos un simulador para calcular el impacto que supondría recibir el Ingreso Mínimo Vital en tu situación tributaria y financiera.
El pago de la prestación, que es intransferible, será mensual y se efectúa por transferencia bancaria a una cuenta de la persona titular de la prestación.
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