El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) cuentan con una serie de prestaciones públicas para los ciudadanos que se encuentran en el paro y carecen de rentas de cualquier tipo. Muchas familias españolas dependen de este tipo de subsidios para llegar a final de mes y financiar los gastos del hogar, sobre todo cuando tienen menores a cargo. El problema se agudiza tras la cuesta de enero, marcada por el fin de muchos contratos temporales y la resaca de las fiestas navideñas.
La prestación ordinaria por desempleo, popularmente conocida como paro, no es el único subsidio al que pueden acceder los trabajadores cuando se encuentran en una situación de vulnerabilidad económica. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) respalda con una serie de prestaciones a los colectivos que tienen más dificultades para encontrar trabajo. Las víctimas de violencia de género y las personas con un grado de discapacidad superior al 33% pueden acogerse a estas partidas. Además, las personas emigrantes retornadas de nacionalidad española que están en situación de desempleo tras haber trabajado en el extranjero también pueden beneficiarse de las ayudas del organismo.
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El subsidio para emigrantes retornados es una de estas prestaciones. El SEPE decidió ponerla en marcha para potenciar las oportunidades de retorno al mercado laboral de las personas desempleadas de larga duración. La prestación, dotada con 480 euros mensuales, tiene una duración máxima de 18 meses. Las personas emigrantes retornadas de determinados países pueden solicitar este subsidio, siempre que no tengan derecho a la prestación contributiva por no cumplir el requisito de las cotizaciones. Los ciudadanos disponen de un plazo de 30 días para inscribirse como demandantes de empleo desde que regresan a España. ¿Cuáles son los requisitos para cobrar el subsidio?

El subsidio para personas emigrantes retornadas
Esta prestación nace para facilitar la vuelta al mercado laboral de las personas emigrantes retornadas cuando regresan a España, siempre que no tengan derecho a cobrar la prestación contributiva. El subsidio se concede durante seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses, siempre y cuando se mantienen los requisitos. El importe que reciben los beneficiarios es equivalente al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento. Ahora mismo, la cuantía asciende hasta los 480 euros mensuales, lo que supone un desembolso anual de 8.640 euros.
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Los trabajadores tienen que cumplir con una serie de requisitos más allá de acreditar la condición de personas migrantes retornadas, como estar en situación de desempleo y suscribir un acuerdo de actividad. Los potenciales beneficiarios tienen que permanecer inscritos como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de tramitar la solicitud. Además, tienen que haber trabajado, como mínimo, 12 meses desde su última salida del país y deben carecer de rentas —los ingresos tienen que estar por debajo del 75% del SMI—. Los demandantes tampoco pueden tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.
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