
La Agencia Tributaria ha publicado las fechas en las que los ciudadanos tendrán que presentar la declaración de Renta correspondiente al último ejercicio. Este es un trámite que casi todos los españoles tenemos que realizar, aunque existen algunas excepciones. Los contribuyentes que tengan que rendir cuentas con Hacienda pueden completar el borrador online en la sede electrónica del organismo o, si lo prefieren, presentarlo de manera telefónica. Los más tradicionales, también pueden acudir presencialmente a cualquier oficina de la Agencia Tributaria. El techo mínimo de ingresos para hacer la declaración de la renta es normalmente de 22.000 euros anuales.
Lo primero que conviene tener a mano es el Calendario del Contribuyente, publicado por el Fisco hace un par de semanas. Este documento recoge las fechas clave para presentar la declaración de la Renta y las desglosa en función del método escogido. La campaña arrancará este año el próximo mes de abril, justo después de las vacaciones de Semana Santa. El Ministerio de Hacienda está intentando agilizar trámites e imponer la obligación de presentar la declaración solo por Internet, aunque de momento la propuesta no ha conseguido salir adelante. ¿Cómo se puede solicitar el borrador online?
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La campaña de la Renta se extenderá este año hasta el 1 de julio, por lo que será una de las más largas de la última década. Los ciudadanos que tengan que rendir cuentas con el Fisco pueden solicitar el borrador a partir del próximo 3 de abril, fecha en la que se abre el plazo para presentar las declaraciones de manera online. El 7 de mayo arranca el plazo para presentar la declaración por teléfono y el 3 de junio llega el turno de los contribuyentes que opten por completar los trámites in situ en cualquiera de las oficinas del organismo. Estos últimos, no obstante, tienen que pedir cita previa a partir del 25 de mayo.
¿Cómo pedir el borrador de la Renta?
Los ciudadanos tienen que entrar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y acceder al “Servicio de tramitación del borrador /declaración (RENTA WEB)”. El problema es que la herramienta no estará disponible hasta el próximo 3 de abril. Los usuarios tienen que registrarse con su clave permanente, DNI electrónico, certificado digital y/o número de referencia. Este último aparece en la casilla 505 de la declaración de la Renta del año anterior, aunque también coincide con los cinco últimos dígitos del IBAN de tu cuenta bancaria.
Los ciudadanos tienen que indicar si acceden en nombre propio o como representantes de otra persona física. Si han presentado la declaración de la Renta en ocasiones previas, lo más posible es que los campos del borrador aparezcan automáticamente completados al iniciar sesión. Una vez revisados los datos, tenemos que confirmar que todo está correcto y podemos proceder al envío del borrador. El período para presentar la declaración por cualquiera de las vías establecidas termina el próximo 1 de julio. Además, los trabajadores tienen que abonar cada mes sus respectivas tasas y completar ciertas documentaciones.
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