
Vivir en una aldea de Galicia como argumento jurídico. Emplear la expresión “Galicia profunda” como detonante de una polémica que ha llegado al ámbito político. Porque eso es una de las razones, entre otras muchas, que da una juez para retirarle a una madre la custodia de su hijo de 13 meses y dársela al padre. Una madre que se había llevado a su hijo sin permiso, dice, como argumento de fondo, la sentencia.
El pasado 8 de octubre, María Belén Ureña Carazo, magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia Número 7 de Marbella, dictó un auto en el que determina que un niño de 13 meses vuelva a vivir con su padre a Marbella (Málaga) porque, en comparación a la madre, “tiene una mayor estabilidad a todos los niveles para poder atender mejor los intereses del niño, lo que ha demostrado desde el nacimiento del niño, pues ha estado con él, a tiempo completo, durante 6 meses de los 12 meses de vida del menor”. Los padres decidieron separarse y ambos pidieron una custodia compartida, pero la madre decidió abandonar Marbella e instalarse en una aldea de la ría de Muros-Noia, en A Coruña.
Marbella, cosmopolita
La juez escribe en su auto, tras detallar que la corta vida del hijo de la pareja siempre había transcurrido en la localidad malagueña, que “Marbella es una ciudad cosmopolita, que tiene todo tipo de infraestructuras, con todo tipo de colegios para poder educar al niño, públicos y privados, con un buen Hospital, en el que, además, trabaja su padre como médico, y que, en definitiva, ofrece múltiples posibilidades para el adecuado desarrollo de la personalidad de un niño y para que que crezca en un ambiente feliz”.
Es la continuación de esta argumentación la que ha levantado una polvareda que ha llevado incluso a organizaciones rurales importantes de Galicia -UPA y Fademur, entre otras- a pedir al Consejo General del Poder Judicial una revisión “inmediata” de la sentencia que, dicen, no se ajusta a derecho. Además de considerarla “un desprecio al mundo rural, por no hablar de los principios constitucionales más básicos, principalmente el de la igualdad de todos los ciudadanos, independientemente de su lugar de residencia”.
“Lejos de todo”
Lo que dice la magistrada Ureña Carazo es que lo que ofrece Marbella “no sucede con la pequeñísima población en la Galicia profunda, a la que se ha trasladado la madre, lejos de todo, en la que ni siquiera la madre tiene opciones laborales, si bien ella misma ha demostrado la nula intención de buscar trabajo, pues pretende estar dos años criando a su hijo porque cuenta con la prestación económica de 1.200 € que le ha solicitado al padre, aún a pesar de que tiene 30 años, es diseñadora de interiores y debería intentar buscar una estabilidad profesional para poder atender las necesidades de futuro del menor”.
El Bloque Nacionalista Galego (BNG) ha llevado el caso al Parlamento gallego y ha pedido que se realice una declaración institucional en contra de los términos empleados por la juez en el auto conocido ahora.
La abogada del padre, Lola Casares ha afirmado que la referencia a la “Galicia profunda” es una anécdota, máxime cuando la sentencia habla de cuestiones mucho más graves en las que se sustenta la decisión de la magistrada para retirar la custodia a la madre. “El motivo de la retirada de la custodia es porque se produce una sustracción de un menor de 13 meses”. Además, la letrada sostiene que este auto pone de manifiesto “una realidad cada vez mayor de traslados ilícitos de menores dentro del territorio nacional”.
Decisión unilateral y sin consentimiento
El escrito de la juez dice que la decisión de la madre de abandonar Marbella “es totalmente unilateral y no consentida por el padre, y se ha ejecutado por la vía de hecho, sin haber obtenido previa autorización judicial”. Añade la magistrada que la madre ha actuado “anteponiendo sus propios intereses a los de su hijo, atribuyéndose el poder de decisión de la vida del menor como si éste fuera de su propiedad, prescindiendo absolutamente del padre del niño”.
Y subraya que toda su tesis se pruebe comprobar en el contenido de los mensaje que la madre le envió al padre. Y pasa a enumerarlos: “es mi hijo”, “se viene conmigo”, “al niño lo he criado yo y como conmigo no va a estar con nadie”, “por el momento, durante los dos próximos dos años, mi trabajo será única y exclusivamente criar a mi hijo y cuidar de mi abuela”, “no hay nada que discutir”, “ya está hablado”, “y la decisión tomada”, “seguiré dos años más sin trabajar […] hasta escolarizar a [nombre del niño] y su casa va a ser mi casa […] donde yo elija”, “no entiendo la obsesión con el no te consiento”, “nos vemos en los juzgados”, “no puedo compartir una custodia”, “cuanto antes lo aceptes mejor para todos”, “bajo ningún concepto quiero que [nombre del niño] ande de un lado para otro”, “vamos a ir a juicio para que te den un régimen de visitas”, “te suplico que no me ahogues más con los temas de la custodia”, “en principio vamos a vivir en Galicia. Quizá en Madrid con los años. Pero ahora en Galicia”, “no quiero llevarlo a la guardería. Al menos por el momento. Puedo y quiero criarlo yo”, “lógicamente el niño tiene y va a estar conmigo”…
“Hostilidad inadmisible”
La sentencia ofrece con todo lujo de detalles los mensajes que la juez califica de “una hostilidad y una falta de respeto inadmisibles, con insultos y risas fuera de lugar, ya no por ser una persona, que también, sino porque es el padre de su hijo, figura paterna que quiere eliminar de la vida del niño, como puede observarse en alguna de las frases siguientes: ”¿tú no ves que eres tonto perdío?”, “HIJO DE PUTA. BUSCA ALGO BUENO. Que cualquier persona encontraría algo bueno en todo lo que hice maldito hijo del diablo. Que estás podrido por dentro”, “te van a caer hostias que no vas a ver venir. Y las vas a tener que encajar. La vida no es de puto color de rosas. Espabila R.. Por tu hijo. ESPABILA. Esto es la vida”, “TÍTERE. Saca cojones”, “eres pasado. Y nos vamos a matar en los juzgados”, “desaparece de bermas. Pero no nos jodas más. Púdrete en el puto infierno. Muérete. Desaparece. Haznos ese favor”.
También se incluyen audios de WhatsApp en los que la madre, según la magistrada, dice al padre: “voy a hacer lo posible (con mi hijo) para alejarlo lo máximo posible de ti”, “mi hijo no pinta nada absolutamente contigo”, “demasiado buena he sido contigo permitiéndote las videollamadas”, “el niño está bajo mi responsabilidad y no necesito ningún consentimiento”, “¿qué quieres hablar conmigo?”, “eres un auténtico hijo de puta”.
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