Viajes al exterior, Netflix y servicios digitales: cómo se encarecerán los gastos en dólares con tarjeta de crédito

La AFIP elevó la alícuota de la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del 35% al 45%. La medida no afecta al cupo mensual de USD 200 para ahorro

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Quedarán comprendidas en la nueva alícuota las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales, así como el pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen mediante tarjetas de crédito
Quedarán comprendidas en la nueva alícuota las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales, así como el pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen mediante tarjetas de crédito

El Gobierno nacional aumentó de 35 a 45% la percepción a cuenta del pago de bienes y ganancias que aplica para las compras y gastos en el exterior, medida que entra en vigencia a partir de este jueves. De esta manera, tomando en cuenta la cotización del dólar oficial al cierre del miércoles en $135,15, los consumos alcanzados por el tributo dejarán de pagar un dólar de $222 para pagar $236, un valor que aún se ubica por debajo del dólar libre de 283 pesos.

En tanto, las compras ingresadas a partir de hoy estarán alcanzadas por la nueva alícuota, a la que se suma el 30% del impuesto PAIS, que no sufrirá modificaciones. Por ello, los gastos con tarjeta en dólares pasarán a pagar un 75% por encima del oficial; hasta ayer, era un 65%.

Puntualmente, quedarán comprendidas en la nueva alícuota las siguientes operaciones:

-Aquellas de pago con tarjeta en dólares, incluidas las relacionadas con las extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior.

-Las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales, así como el pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen mediante tarjetas de crédito. Algunos ejemplos son Spotify, Netflix entre otros servicios de streaming.

-El pago de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas-, del país; y la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, en la medida en la que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado cambiario.

Cabe apuntar que los gastos con tarjetas de crédito en el exterior no tienen límite; se pueden gastar con la tarjeta tantos dólares como se desee, ya sea cancelando el resumen con divisas depositadas en la cuenta o en pesos, aplicando el recargo impositivo.

Pero en caso que para alguna compra en el exterior se utilice la tarjeta de débito contra una cuenta en pesos, la adquisición se descuenta del cupo de USD 200 dólares que tiene asignado mensualmente cada individuo.

LA AFIP afirmó que quedan incluida la adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas-, del país; y la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país Shutterstock
LA AFIP afirmó que quedan incluida la adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas-, del país; y la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país Shutterstock

Asimismo, la AFIP informó: “Como sucede desde la implementación de la medida en 2020, cuando las percepciones experimentadas por un contribuyente superen el monto a ingresar por Ganancias y Bienes Personales, el excedente será reintegrado por la AFIP”.

El organismo recaudador añadió que “aquellos monotributistas, autónomos, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que realizan operaciones en moneda extranjera pero que no están alcanzados por los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales podrán solicitar el reintegro de la percepción”.

Este último aspecto mencionado por la AFIP alude a la posibilidad de recuperar la retención a cuenta si quien gasta con la tarjeta no tributa esos impuestos o bien si los tributa y le corresponde pagar un monto menor al retenido por compras con tarjeta. De ese modo, las percepciones realizadas desde mañana hasta el fin de este año serán devueltas durante 2023 y sufrirán el impacto de la inflación, que para el año calendario 2022 se estima claramente por encima del 75%.

En los últimos dos años, la AFIP implementó un trámite online específico, mediante su página web, para que aquellas personas que tuvieron gastos con tarjeta reciban el reintegro de lo gastado. Las demoras en la implementación de ese trámite erosionarán el valor del monto devuelto por el impacto inflacionario.

Esta es una nueva medida que apunta al sector turismo luego de la prohibición de financiamiento en cuotas para gastos en el exterior que se implementó el año pasado. También se canceló la posibilidad de financiamiento en cuotas en los free shop y en el comercio “puerta a puerta”.

El Gobierno busca de esta forma desalentar la salida de divisas ante la necesidad de acumulación de reservas. Según explicó la AFIP, “la herramienta permite anticipar ingresos tributarios a partir de las operaciones realizadas en viajes y consumos en el exterior por parte de un conjunto de contribuyentes que expresan capacidad contributiva”.

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