Pilas si se va de viaje, estas son las restricciones médicas que podrían impedirle volar en Colombia

Las limitaciones para pacientes operados varían según el tipo de intervención y la evolución postoperatoria. Las aerolíneas exigen documentos recientes y evaluaciones médicas para evitar complicaciones en pleno vuelo

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El certificado médico es obligatorio
El certificado médico es obligatorio para volar tras una cirugía, embarazo de riesgo o enfermedad crónica - crédito Jesús Avilés/Montaje Infobae

Viajar en avión no siempre es tan sencillo como comprar un tiquete y empacar maletas. Para quienes atraviesan un proceso médico, ya sea una cirugía reciente, un embarazo de riesgo o una enfermedad crónica, la pregunta sobre si es seguro o no volar puede convertirse en una preocupación central. La respuesta, aunque depende de cada caso, tiene lineamientos claros que buscan proteger la vida del pasajero y evitar complicaciones en pleno vuelo.

Lo primero es entender que todo viaje en estas condiciones requiere un certificado médico. Este documento debe estar expedido máximo diez días antes del vuelo y confirmar que la persona se encuentra en condiciones estables para enfrentar la presión de la cabina, la inmovilidad prolongada y otros factores propios del transporte aéreo.

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Las cirugías mayores requieren tiempos
Las cirugías mayores requieren tiempos de espera específicos antes de abordar un avión, según la política de aerolíneas en Colombia - crédito Andina

Las cirugías, por ejemplo, son uno de los escenarios que más restricciones presentan, según la política de aerolíneas en Colombia. No es lo mismo un procedimiento ambulatorio menor que una operación mayor en órganos vitales. Un paciente con un yeso abierto puede volar al día siguiente, pero alguien que haya pasado por una cirugía cardíaca deberá esperar, como mínimo, dos semanas y, en la mayoría de los casos, someterse a una valoración adicional. Lo mismo ocurre con intervenciones oftalmológicas, tras una cirugía retinal con gas, la espera puede extenderse hasta cuatro semanas, ya que la presión atmosférica puede afectar gravemente el resultado del procedimiento.

En la cirugía plástica, un terreno común entre pacientes viajeros, los tiempos también son estrictos. Quien se haya realizado una mamoplastia, liposucción o abdominoplastia deberá aguardar entre diez y catorce días antes de abordar un avión, dependiendo de la complejidad y la evolución postoperatoria. En operaciones más delicadas, como la combinación de varios procedimientos faciales o corporales, la recomendación es esperar al menos quince días y comprobar que no existan complicaciones.

Los ojos, los oídos y la nariz, que están directamente expuestos a cambios de presión durante el vuelo, requieren precauciones adicionales. Una rinoplastia o una septoplastia, por ejemplo, obligan a esperar diez días, mientras que una cirugía endoscópica de senos paranasales demanda al menos dos semanas de recuperación. En el caso de los oídos, tras una timpanoplastia, también se recomienda un margen de catorce días.

Las intervenciones en ojos, oídos
Las intervenciones en ojos, oídos y nariz exigen precauciones adicionales por los cambios de presión durante el vuelo - crédito Supersalud

En cuanto al embarazo, la normativa es aún más estricta. Una mujer con gestación no complicada mayor a 36 semanas no es apta para viajar. Entre las 32 y 36 semanas, se exige un certificado médico, y si el vuelo supera las ocho horas, se recomienda profilaxis contra trombos. Los embarazos de alto riesgo, sangrados uterinos o antecedentes de aborto involuntario deben ser evaluados caso por caso.

Los recién nacidos también tienen lineamientos específicos. Un bebé sano puede viajar después de su primera semana de vida, siempre que no exista otra complicación. Sin embargo, los prematuros requieren un análisis más detallado, algunos necesitan oxígeno suplementario y una autorización expresa del neonatólogo. Los menores de 32 semanas o con peso inferior a 1.500 gramos no están autorizados para volar, por considerarse en extremo vulnerables.

En pacientes con enfermedades cardiovasculares, la diferencia entre lo permitido y lo prohibido se mide en días y en la estabilidad del cuadro clínico. Una persona que haya sufrido un infarto leve y se encuentre estabilizada podría volar en un rango de tres a siete días, dependiendo del riesgo. En contraste, quienes presenten angina inestable, insuficiencia cardíaca aguda o enfermedad valvular sintomática no tienen autorización para abordar un avión.

Las mujeres embarazadas con más
Las mujeres embarazadas con más de 36 semanas de gestación no pueden viajar en avión, según la normativa vigente - crédito AP

Las condiciones respiratorias graves también suponen un freno definitivo, la neumonía activa, la hipertensión pulmonar y los cuadros de cáncer terminal figuran entre las causas médicas que impiden volar. En cambio, un paciente con asma controlada o Epoc compensado puede hacerlo, siempre con el certificado correspondiente.

No se trata de una medida caprichosa, sino de una regla de seguridad. La cabina de un avión es un entorno particular, la presión, la oxigenación y la movilidad limitada durante horas pueden convertirse en un riesgo serio si el organismo no está preparado. Por eso, la recomendación final es clara, antes de comprar el tiquete, consultar con el médico tratante, obtener el certificado y verificar con su aerolínea si es necesario.

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