
El 6 de agosto de 2024, Guillermo Alfonso Jaramillo, ministro de Salud, y Juan Fernando Cristo, anunciaron que en dos semanas se radicaría en el Congreso de la República la nueva reforma a la salud.
A su vez, el jefe de la cartera de salud aseguró que el Gobierno nacional ya tiene listo el documento para cambiar el actual sistema colombiano, que consta de 50 artículos, un número bastante menor al del proyecto de ley planteado en el anterior periodo legislativo en el que se propusieron más de 400.
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Ya se conoció el documento que revela el articulado de la reforma a la salud, que incluye elementos ya sugeridos en reformas anteriores, pero también introduce cambios significativos.
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El nuevo proyecto de ley detalla cuál será el futuro de las Entidades Promotoras de Salud (EPS), señalando su transformación en gestoras de salud y vida. Estas nuevas entidades obtendrían una remuneración del 5 % del valor de pago por capitación anual, producto del valor estipulado por cada afiliado.
No obstante, el documento es claro en especificar que ante el incumplimiento de los estándares establecidos, las gestoras perderán hasta el 30% de su remuneración. Si se llegan identificar fallos constantes en dos períodos consecutivos, la situación será notificada a la Superintendencia de Salud, que estará encargada de aplicar medidas de supervisión especial.
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Mientras que las gestoras que presenten resultados positivos en la atención y calidad del servicio podrían recibir un incentivo adicional de hasta un 3% sobre el valor anual por afiliado.
El documento puntualiza que las EPS actuales podrían continuar sus operaciones durante un período de hasta dos años, solo si se adhieren a las condiciones de permanencia y el plan de saneamiento de pasivos estipulado por el Estado colombiano. A la par, indican que este plan se deberá implementar en un plazo máximo de 48 meses, priorizando el pago a los empleados.
En ese sentido, la iniciativa liderada por el Ministerio de Salud aclara que todas las EPS deben convertirse en gestoras si desean continuar con sus servicios en territorio nacional.
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Para ello, deberán presentar un proyecto de habilitación. Las EPS, que decidan no cumplir con las condiciones impuestas por el Gobierno nacional, tendrán que presentar un plan de retiro voluntario. A lo largo de este proceso de transición, la nueva EPS será la entidad encargada de apoyar la atención y entrega de medicamentos a los afiliados.

Otro de los puntos polémicos de la propuesta es la creación de los Centros de Atención Prioritaria en Salud (CAPS) en todo el territorio. Con su implementación se pretende que los ciudadanos se registren en el centro más cercano a su residencia. Igualmente, para responder a las necesidades médicas de los colombianos, el articulado propone remitir a los pacientes que necesiten atención especializada, a los centros hospitalarios de mediana y alta complejidad que integren la red de cada CAP.
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Con respecto al personal de salud, el Estado buscará impulsar un programa de becas para fortalecer la formación en pregrado y posgrado de médicos y enfermeras, con el propósito de incrementar la oferta de profesionales y especialistas en áreas médicas y quirúrgicas.
En la reforma también se tiene prevista la creación de un Consejo Nacional de Salud. Esta propuesta se diferencia del consejo formulado en el proyecto de ley de la exministra Carolina Corcho, ya que el nuevo comité se conformará por seis representantes del Gobierno: los ministros de Salud, Hacienda, Trabajo, Ambiente, Ciencia y Tecnología, y el director de Planeación Nacional. Además de contar con la participación de un representante de los gobiernos territoriales.
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En esta nueva comisión, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) podrá expresar sus posiciones frente a las discusiones, pero no contará con poder de decisión. Igualmente, el documento señala que las funciones del Consejo serán: recomendar políticas de salud, presentar iniciativas para la reglamentación del sistema, monitorear el funcionamiento del sistema de salud y realizar seguimiento a la implementación de la ley.
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