Pedir un año sabático en Colombia es posible, según la ley, pero no para todos: quiénes pueden disfrutarlo

El Acuerdo 613 de 2015 de la Alcaldía de Bogotá permite la solicitud de tomar un año sabático para dedicarse a proyectos personales sin perder su sueldo

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Los profesionales que pueden solicitar un año sabático, según la Alcaldía - crédito Getty Images y Secretaría Distrital de Educación
Los profesionales que pueden solicitar un año sabático, según la Alcaldía - crédito Getty Images y Secretaría Distrital de Educación

El Acuerdo 613 de 2015, firmado por la Alcaldía de Bogotá, ha introducido una medida que permite a ciertos profesionales solicitar un año sabático sin comprometer su situación laboral. Este beneficio, dirigido específicamente a trabajadores de reconocida trasendencia, ofrece la oportunidad de tomar un descanso de doce meses consecutivos mientras continúan recibiendo su salario.

Tal como indica el Distrito, el propósito principal de este permiso es que los beneficiarios puedan “dedicarse a intereses personales”, según precisó el Acuerdo. Ahora bien, de acuerdo con la medida, la bondad solo se aplica a “docentes y docentes directivos de reconocida trayectoria académica de la planta de personal de carrera de la Secretaría de Educación del Distrito Capital”.

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Este estímulo no solo busca proporcionar un descanso, sino también fomentar el desarrollo profesional de los docentes. En esencia, este año sabático debe entenderse como “un período remunerado de doce meses calendario en el que el docente o docente directivo se separa de sus obligaciones laborales con el fin exclusivo de desarrollar proyectos de preparación, investigación e innovación en pedagogía y docencia”, manifestó el Acuerdo.

Docentes de la Secretaría de Eduación pueden acceder a un Año Sabático - crédito @Educacionbogota/X

Algunas condiciones para los docentes

Para acceder a este beneficio, los docentes deben cumplir varios requisitos. En primer lugar, deben contar con al menos diez años de vinculación a la Secretaría de Educación. Además, es indispensable que presenten proyectos educativos de innovación e investigación que resulten de interés institucional.

Según la normativa, “este estímulo se conferirá anualmente, por una sola vez, a aquellos docentes o docentes directivos que certifiquen una vinculación mínima de diez (10) años al servicio de la Secretaría de Educación del Distrito, que presenten proyectos de innovación e investigación educativas pertinentes y de interés institucional. Estos docentes y docentes directivos no deben registrar sanciones disciplinarias vigentes al momento de conferir dicho estimulo”, destacó la medida.

Docentes adscritos a la Secretaría de Educación pueden acceder al año sabático - crédito Colprensa
Docentes adscritos a la Secretaría de Educación pueden acceder al año sabático - crédito Colprensa

Además, al finalizar este periodo, los beneficiarios deben presentar un informe detallado de las actividades realizadas ante la Secretaría de Educación. “El docente o docente directivo seleccionado deberá al reintegro del año sabático presentar un informe sobre sus actividades académicas, de investigación y de formación realizadas a la Secretaría de Educación, con el fin de analizar el impacto pedagógico y hacerle seguimiento a los resultados obtenidos en la Institución Educativa en que labore dicho profesional”, es la determinación.

Así se puede aplicar

El proceso de postulación y los requisitos específicos son determinados por la Secretaría de Educación y pueden variar en cada convocatoria. Por ello, es fundamental que los interesados estén atentos a los canales oficiales de la entidad para conocer los detalles y fechas de postulación. Es importante destacar que, como menciona el Acuerdo 613 de 2015, este beneficio se otorga de manera progresiva “según las disponibilidades presupuestales”. En principio, está previsto un “estímulo mínimo por cada localidad, es decir, 20 en total”, aunque esta cifra podría incrementarse dependiendo de los recursos disponibles.

La Secretaría de Educación es la encargada de determinar los montos y los programas de los años sabáticos - crédito Secretaría de Educación
La Secretaría de Educación es la encargada de determinar los montos y los programas de los años sabáticos - crédito Secretaría de Educación

“La Secretaria Distrital de Educación creará un banco de proyectos con las investigaciones e innovaciones pedagógicas presentadas por los docentes y docentes directivos beneficiarios del Año Sabático (...) determinará el procedimiento y los requisitos para la asignación del estímulo, el seguimiento y si evaluación, con base en estos lineamientos se asignarán”.

Para muchos colombianos, el concepto de un año sabático es una realidad deseable. Después de años de trabajo continuo, un periodo de descanso prolongado puede ser una oportunidad invaluable no solo para relajarse, sino también para explorar nuevos destinos, dedicarse a proyectos personales y pasar más tiempo con la familia. Esta medida busca precisamente brindar esa oportunidad a los educadores que cumplen con los criterios establecidos.

Este acuerdo es un reconocimiento a la labor de los docentes y una apuesta por su desarrollo profesional continuo. Así lo sintetiza la Secretaría de Educación al indicar que este año sabático debe usarse no solo para el descanso, sino para el impulso de proyectos de innovación que enriquezcan la práctica pedagógica.

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