
Luego de la ratificación del fallo de la Corte Constitucional, en el que se entregó aval al porte de la dosis mínima, medicada o de aprovisionamiento de estupefacientes en espacios públicos, han surgido preguntas acerca del funcionamiento de la medida. La decisión de la entidad, luego de una demanda, hizo que la vigencia de dos artículos del Código de Policía entren en revisión, aquellos que califican el uso de estas sustancias como riesgoso para el cuidado de sitios abiertos a la comunidad.
De la restricción o ‘pico y placa’ del consumo de sustancias se ha venido hablando desde hace algunos años. En el año 2019, desde el movimiento político Alianza Verde, el exsenador Jorge Londoño destacó que la propuesta consistía en permitir el consumo entre las 8:00 de la noche hasta las 6:00 de la mañana. “Si queremos proteger a los niños, a esa hora ellos no estarán en los parques y tampoco en los colegios y así protegeríamos el derecho de los consumidores”, argumentó.
“No todos los consumidores son adictos, hay consumidores que no tienen la adicción y nos preocupa que se creen guetos en donde las personas tendrían que ir a consumir”, añadió.
De acuerdo con la determinación, lo que se había establecido se mantiene, sin embargo, ahora serán los concejos municipales y las asambleas departamentales de cada zona del país las que decidan los lugares que tendrán luz verde para el consumo. La Corte determinó que, si bien lo que se espera es que con la restricción se proteja a los menores de edad, no se quiere vulnerar los derechos de los consumidores.
La restricción de consumo en zonas públicas, explica la Corte, tenía una desproporción en lo que dictaba, pues no contemplaba circunstancias de tiempo, modo y lugar. Según el organismo, esto “generaba un margen de indeterminación y un sacrificio injustificado de los principios de dignidad humana, libre desarrollo de la personalidad y del derecho a la salud de los consumidores”.

Las entidades encargadas de establecer los lugares y horarios tendrán entonces, según el fallo, que definir esto sin que las regulaciones “impliquen limitaciones, restricciones o normas adicionales a los derechos y deberes de las personas”. Es de destacar que el fallo resultó de una demanda interpuesta por parte de los abogados Alejandro Matta y Jesús Castiblanco. Ambos le pedían a la Corte tumbar algunas de las premisas que se habían planteado y que se le ordenara a la Policía Nacional crear un protocolo para manejar la situación.
Para los demandantes, “autorizar la persecución de la autoridad a ciudadanos que porten la dosis personal, así no afecten derechos de terceros, sería imponer un estilo de vida (...) Llevar consigo una dosis mínima y despenalizada no trasciende de la esfera privada y, por lo tanto, no hay una perturbación para otras personas”.
De acuerdo con lo que reveló Matta, la falta de especificaciones dentro de lo pactado había hecho que uniformados de la policía fueran arbitrarios a la hora de abordar a personas que se encontraban consumiendo sustancias.
“Había una persona que estaba en el espacio público, que no estaba afectando a niños y no estaba en ningún perímetro de afectación a terceros, y pese a ello la Policía imponía comparendos que luego la inspección de policía terminaba revirtiendo por violar la permisión que tiene el Estado colombiano de la dosis personal”, inició diciendo en testimonios rescatados por el diario El Tiempo, Matta, al hablar de la forma en la que debe asumirse el debate.
“Que permita el consumo de adultos, pero en zonas donde no se afecten niños. ¿Cómo hacer eso? Reglamentando. ¿Quién debe reglamentar? El concejo distrital o municipal, y mientras eso pasa, que el Gobierno Nacional expida un protocolo para que no haya arbitrariedades de la Policía y respeten los derechos de los consumidores y tengan especial protección por los niños; están buscando un camino medio”, añadió.
Más Noticias
Disidente de ‘Calarcá’ aseguró que usaron vehículos de la UNP asignados a firmantes de paz para mover armamento
El interrogatorio, realizado en octubre de 2025, presenta detalles concretos del transporte de material bélico entre departamentos, situando los hechos en septiembre de 2024, con el desplazamiento de guerrilleros desde Caquetá hacia el Tolima

Familia de Yeison Jiménez lanzó advertencia sobre suplantación en la página web del artista
A través de un comunicado advirtieron que personas inescrupulosas están aprovechándose de la situación para estafar a los incautos y crearon una página falsa similar

Estación del metro de España será bautizada con el nombre ‘Colombia, el País de la Belleza’
Carteles y arte visual transforman el entorno ferroviario con mensajes sobre sostenibilidad y diversidad nacional

Mary José Álvarez hace historia al ser confirmada como nueva jugadora del Olympique de Marsella
La defensora central terminó su vínculo con Atlético Nacional para fichar por el equipo francés, recién ascendido a la primera división del fútbol femenino en el país europeo

La Policía rescató a dos menores indígenas en estado de abandono en el sur de Bogotá
Las autoridades trasladaron a las menores ante la entidad administrativa encargada, donde se inició el proceso formal para restablecer sus derechos y se realizó una valoración médica

