
A días de que se presente el proyecto de la reforma a la salud por parte del Gobierno nacional y que será liderado por la ministra Carolina Corcho, diferentes sectores políticos se han pronunciado, incluso del oficialismo, para sugerir algunos cambios sobre el sistema y recordar los avances que se dieron con la Ley 100 de 1993.
Entre esos se encuentra el expresidente de la República y presidente del Partido Liberal, César Gaviria que ha firmado un documento junto con Germán Escobar Morales, ex viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios titulado “Desempeño del sistema de salud de Colombia: para no arrasar, sino ¡Fortalecer!”, donde presentan un panorama general del sistema actual y hacen sugerencias partiendo de un diagnóstico de los avances que se han dado en los últimos años.
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Partiendo del postulado anterior que sugiere seguir avanzando sobre los construidos desde hace 30 años, ambos exfuncionarios plantean 17 propuestas que le apuntan al regalamiento de los recursos entregados a las EPS, atención más eficiente, fortalecimiento de la comunicación entre paciente y prestador de servicio, entre otros; a continuación, mencionamos las ideas desarrolladas en el documento de 49 páginas:
I. Desarrollar las diferentes normas de la Ley Estatutaria del Derecho Fundamental a la Salud (Ley 1751 de 2015), ya avalada por la Corte Constitucional, que no han sido implementadas a pesar de que están encaminadas a proteger el goce efectivo del derecho a la salud en condiciones equitativas y sostenibles, así como a promover políticas de prevención y promoción de la salud.
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II. Fortalecer las capacidades de la Superintendencia de Salud, inclusive en materia de inspección y vigilancia financiera, con el fin de que pueda hacer un seguimiento integral al funcionamiento del sistema de salud y adoptar medidas de manera oportuna cuando identifique fallas o abusos en las EPS o las IPS que requieren correctivos o sanciones, teniendo como norte el funcionamiento eficiente, equitativo y sostenible del sistema para lograr la protección de los usuarios y sus derechos.
III. Generar un instrumento de resolución de conflictos del sector salud que sea más accesible y más rápido que la acción de tutela. Este sería administrado por la Superintendencia Nacional de Salud, o el Ministerio de Salud, y debe ser diseñado de tal forma, que permita el acceso oportuno a la resolución ágil de solicitudes o conflictos entre los usuarios y el propio sistema, en el marco de la Ley Estatutaria de la Salud 1751 de 2015, pero con pleno conocimiento de niveles razonables de cumplimiento eficiente. Por ejemplo, listas de espera de acuerdo con la oferta o terapias o tecnologías en salud con evidencia científica.
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IV. Generar mayores capacidades e instrumentos técnicos para el monitoreo y la coordinación de la gestión integral del riesgo en el Gobierno nacional y las Entidades Territoriales, de tal forma que se pueda evidenciar con oportunidad desviaciones en los procesos de atención y mejorar la integralidad y calidad de los servicios prestados.
V. Eliminar barreras de acceso administrativas innecesarias, en el marco de rutas integrales de atención.
VI. Enfocar los esfuerzos en la generación de rutas integrales, tanto administrativas como clínicas y de atención, sobre todo en los grupos de riesgo que muestran un deterioro en sus indicadores de resultado.
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VII. Exigir por medio de una reforma legal que la integración vertical se reduzca gradualmente en un porcentaje de 10% cada año, según el plan que presente cada EPS con el correspondiente control y vigilancia de la superintendencia de salud fortalecida.
VIII. Desarrollar los componentes del derecho fundamental a la salud establecidos en la Ley Estatutaria y preciados por la jurisprudencia constitucional, en especial la libertad de escoger prestador y estar adecuadamente informado sobre las opciones en materia de prevención, diagnóstico, atención y curación.
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IX. Adoptar políticas específicas para controlar los abusos dentro del sistema y luchar contra la corrupción.
X. Introducir mecanismos de ajuste de riesgo tanto ex ante como expost en la Unidad de Pago por Capitación por los principales grupos de riesgo, de tal forma que se introduzcan incentivos a resultados y buena gestión.
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XI. Promover la eliminación del pago por evento a lo largo de la cadena de valor, la limitación de la integración vertical, en favor de un sistema más eficiente y transparente.
XII. Acelerar la interoperatividad de la historia clínica y la consolidación de un sistema integral de información que permita hacer seguimiento administrativo a las transacciones en salud.
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XIII. Diseñar una política de innovación en salud, de largo plazo que fomente el desarrollo de capacidades locales de investigación, desarrollo y producción, la transferencia de tecnología, pero también la introducción de nuevas tecnologías en salud con visión de valor terapéutico y calidad de vida medible y evidenciable.
XIV. Unificar la gestión de la salud pública en los territorios, mediante un nuevo arreglo institucional que permita la intervención consolidada de las familias y comunidades.
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XVI. Adoptar medidas para dignificar el servicio prestado por los médicos y los trabajadores que apoyan su labor con servicios de enfermería, así como para garantizarles una remuneración justa.
XVII. Mientras estas reformas se materializan, adoptar las decisiones necesarias para que los recursos del sistema fluyan de manera oportuna a las IPS y EPS, para que financien de forma conveniente, adecuada y sostenible los servidos de salud de los cuales depende el goce efectivo del derecho fundamental a la salud.
XV. Diseñar un esquema de subsidio a la oferta, pero condicionado a indicadores de resultado y calidad, para hospitales públicos de centros rurales.
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