
El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, realizará una nueva salida del país los días 26 y 27 de diciembre de 2025, esta vez para atender asuntos de índole personal en Estados Unidos, según consta en el Decreto Ejecutivo 264, firmado el 23 de diciembre y difundido a pocas horas del viaje.
El documento declara en comisión de servicios a la comitiva de apoyo que acompañará al mandatario, aunque establece que no existirá erogación de recursos públicos a su favor. También señala que la delegación estará conformada únicamente por el jefe de seguridad presidencial, sin incluir a otros funcionarios o asesores.
La nueva ausencia se produce en un contexto marcado por una intensa agenda de desplazamientos internacionales de Noboa durante los últimos meses y por la discusión pública sobre la proporcionalidad, transparencia y justificación de estos viajes. A diferencia de las giras oficiales, en las que el Ejecutivo suele argumentar la búsqueda de acuerdos comerciales, alianzas estratégicas o fortalecimiento de la cooperación bilateral, el decreto establece explícitamente que esta salida se enmarca en asuntos personales. La aclaración aparece en el artículo 1 del documento, que delimita el carácter del viaje y reitera que el financiamiento no recaerá en el Estado.

El Decreto 264 reproduce el marco constitucional que habilita al presidente a ausentarse del territorio nacional y a expedir los instrumentos normativos correspondientes. En su parte considerativa cita el artículo 141 de la Constitución, que define al Presidente de la República como Jefe de Estado y de Gobierno, y el artículo 147 numeral 5, que le faculta a dirigir la administración pública y emitir decretos necesarios para su organización.
Se recuerda también el inciso final del artículo 144, que obliga al mandatario a comunicar a la Asamblea Nacional el periodo y las razones de su ausencia del país durante su mandato y hasta un año después de concluido. La disposición general del decreto cumple formalmente con ese mandato constitucional y ordena remitir la notificación correspondiente al Legislativo.
Según el texto, la comitiva de apoyo estará integrada únicamente por el jefe de seguridad, quien acompañará al mandatario durante los dos días previstos. En el artículo 2 se estipula que los viáticos y gastos que genere este desplazamiento serán cubiertos por la institución a la que pertenezca dicho integrante, es decir, no por la Presidencia ni por otras dependencias del Ejecutivo. Esto se alinea con la aclaración de que no habrá erogación de recursos públicos en favor del presidente.
La redacción del decreto contrasta con instrumentos anteriores en los que se declaraban viajes de trabajo, misiones oficiales o giras internacionales a países de Medio Oriente y Europa, donde no siempre se detalló de manera completa la identidad de los acompañantes, los fines de la agenda o el alcance diplomático de las actividades. En este caso, el propio decreto define la ausencia como personal, aunque sin especificar la naturaleza de los asuntos que motivan la salida ni si se trata de compromisos previamente agendados.
La recurrencia de ausencias en fechas cercanas ha reactivado el debate sobre la disponibilidad del jefe de Estado en momentos en que el país enfrenta desafíos simultáneos en materia económica, fiscal y de seguridad. En semanas recientes, Noboa realizó una gira que incluyó Emiratos Árabes Unidos, España y Noruega, además de desplazamientos anteriores a Estados Unidos catalogados como confidenciales o reclasificados mediante nuevos decretos. Sin embargo, el Decreto 264 no guarda relación directa con actividades gubernamentales de esa naturaleza, sino con un viaje breve que, según la normativa emitida, no comprometerá recursos estatales.
Hasta el momento, la Presidencia no ha difundido un comunicado complementario sobre el viaje ni ha ampliado detalles respecto de la planificación logística, la coordinación institucional durante la ausencia o los encargos administrativos que quedarán bajo responsabilidad de otras autoridades del Ejecutivo.
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