
Un diputado uruguayo presentó un proyecto de ley que garantiza que cualquier inquilino pueda tener una mascota en la propiedad que habita. Para ello, la propuesta es incluir un artículo en la Ley de Protección, Bienestar y Tenencia de Animales (Ley N° 18471, del 2009).
Juan Moreno, diputado por el Partido Colorado, dijo que su propuesta está fundamentada en la importancia y en el valor que adquieren para las personas los animales de compañía”, informó Telemundo.
El artículo propone anular las cláusulas de cualquier contrato de arrendamiento que pretenda regular la temática. El mismo decreta lo siguiente: “Declárense nulas las cláusulas de todo contrato referente a la locación de personas, o de los reglamentos de copropiedad, reglamentos internos o resoluciones de asambleas de edificios incorporados al régimen de propiedad horizontal o que se regulen por el derecho de propiedad común, que establezcan directa o indirectamente la prohibición de tener animales de compañía debidamente inscriptos en el Registro Nacional de Animal de Compañía (RENAC). Esta disposición es de orden público”.
Los contratos incluidos en la ley son los de arrendamientos, reglamentos de copropiedad y reglamentos internos de edificios y viviendas. Sin embargo, para que se les habilite el permiso, en caso de aprobada la ley, los animales deberán estar registrados en el Registro Nacional de Animales de Compañía (RENAC).
Según Moreno, se “busca tutelar en forma equilibrada tanto el derecho de propiedad sobre los inmuebles como el derecho de propiedad sobre los bienes, enfocado en esta nueva concepción de convivencia que la tenencia responsable de los animales nos impone”.

Si las cámaras lo aprueban se permitirá tener mascotas tanto en edificios como en propiedades horizontales. El legislador estimó que el artículo será analizado en la Comisión Especial de Tenencia Responsable y Bienestar Animal de la Cámara de Representantes en el año 2022.
“Resulta imprescindible establecer como norma de orden público la nulidad de las cláusulas de contratos reglamentos de copropiedad, reglamentos internos y resoluciones de Asamblea de copropiedad que prohíban la tenencia responsable de animales en edificios de propiedad horizontal”, dijo el diputado.
El tema de las mascotas permitidas es una discusión común en edificios y cooperativas, pero ¿qué dice la ley al respecto?
En Uruguay, la ley que regula esto fue aprobada 2009 y se encuentra bajo el número 18.471. Esta creó el Registro Nacional de Animales de Compañía, donde las personas con mascotas deberían registrarlas y también se le da derecho a la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal (Conahoba) de controlar, recibir denuncias y asesorar.

La ley es específica para perros y gatos e incluye artículos sobre qué hacer si una persona ya no puede seguir cuidando a su mascota o si el dueño de esa mascota fallece. También aparece la penalización por maltrato y abandono.
Se plantean, además, las reglas de convivencia que tienen que respetar los dueños de las mascotas en caso de que genere daños o molestia (”Reparar los daños que el animal pueda provocar a otro animal o persona”) y se formaliza que los animales siempre deben estar con correa y collar en la calle, se le deberá poner un bozal si es peligroso (”El uso de bozal, collar y correa de seguridad usada correctamente, serán condiciones necesarias para la permanencia y movilidad de dichos animales en la vía pública”), habrá que ocuparse de la limpieza de sus deshechos en espacios comunes (”Recoger la materia fecal de los animales en la vía pública”). Incluso, aparece la política de ponerle un chip a las mascotas para llevar un registro de las mismas en el país.
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