La joven Noelia recibe la eutanasia casi 2 años después de pedirla, según Abogados Cristianos

Tras un prolongado proceso judicial, la joven barcelonesa accedió a la solicitud de muerte asistida luego de evaluaciones médicas y de que el Tribunal Constitucional rechazara todos los recursos presentados por el padre en contra de la decisión

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Las evaluaciones médicas determinaron que la joven barcelonesa de 25 años mantenía íntegramente sus facultades para tomar decisiones y, tras exhaustivos informes del Comité de Ética Asistencial y especialistas en salud mental, se concluyó que comprendía con claridad el alcance de la eutanasia y persistía en su voluntad de solicitarla. Sobre esta base, la paciente, identificada como Noelia, recibió la muerte asistida este jueves por la tarde en un hospital de Sant Pere de Ribes (Barcelona), después de casi dos años desde que expresó su petición inicial, según reportó Abogados Cristianos en un comunicado.

De acuerdo con la información difundida por Abogados Cristianos, la solicitud de Noelia estuvo marcada por el rechazo de su padre, quien, representado por dicha organización, planteó recursos ante al menos cinco instancias judiciales en un intento por impedir la aplicación de la eutanasia. El medio consignó que, tras la autorización otorgada por una jueza de Barcelona en marzo de 2025, la representación legal del progenitor alegó que la joven no tenía la "capacidad necesaria para tomar la decisión" debido a sus antecedentes de salud mental. El asunto escaló hasta el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que en septiembre de 2025 ratificó la sentencia de primera instancia, considerando que el análisis judicial no respaldaba las argumentaciones presentadas por el padre, aunque reconoció su legitimidad para apelar.

El TSJC, cuya sentencia fue consultada por Europa Press y reseñada por Abogados Cristianos, detalló que la intervención del Comité de Ética Asistencial confirmó la ausencia de déficits cognitivos que afectaran la autonomía de la joven, descartando la presencia de descompensaciones. El mismo dictamen estableció que Noelia atravesaba un sufrimiento continuo y presentaba una "clara falta de sentido vital". Los informes emitidos por profesionales en psicología clínica, neuropsicología y psiquiatría ratificaron la capacidad plena de la joven para comprender la gravedad de su decisión, así como la autenticidad y constancia de su deseo de acceder a la eutanasia.

Las distintas evaluaciones forenses certificaron que el coeficiente intelectual de la paciente se encontraba en la media, sin trastornos en el proceso de pensamiento. Sí se constató la existencia de síntomas depresivos crónicos, vinculados al sufrimiento psíquico ocasionado por una lesión medular que generaba dolores persistentes. Los expertos precisaron que la petición de morir de Noelia fue formulada de manera "libre, sin injerencia ni influencia de su propia enfermedad mental", según se explicitó en la declaración pericial presentada ante el tribunal. Además, otros seis profesionales de la salud prestaron declaración en sede judicial, apoyando la capacidad de la joven para discernir y decidir sobre su propia vida.

El medio Europa Press recogió que Noelia sostuvo su decisión desde abril de 2024, fecha en que presentó formalmente la solicitud de eutanasia. En julio de 2024, la Comisión de Garantía y Evaluación de Catalunya validó el pedido, y los expertos concluyeron que no existían fundamentos para atribuir a la paciente un cambio de opinión, pese a que Abogados Cristianos presentó un escrito cuya procedencia no quedó plenamente definida y que la propia joven no ratificó, por lo que no fue considerado como modificatorio de su voluntad.

En enero de 2025, el Tribunal Supremo desestimó el recurso presentado por el padre de Noelia, ratificando la decisión emitida por el TSJC y autorizando la eutanasia. El fallo no admitía nuevos recursos, situación que llevó al progenitor a acudir al Tribunal Constitucional, instancia que rechazó unánimemente la petición de amparo, extenuando todas las alternativas judiciales dentro de España. Abogados Cristianos llevó el caso entonces ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), pero este organismo internacional declinó intervenir y rechazó las medidas cautelares para suspender la aplicación de la muerte asistida.

Esta resolución judicial representa uno de los casos de mayor repercusión desde la aprobación de la Ley de Eutanasia en España, en la que los tribunales y los equipos médicos intervinieron de forma coordinada a lo largo de un proceso prolongado. Según recogió Abogados Cristianos, la intervención de diversas instancias judiciales respondió a la complejidad y a la oposición por parte del padre, quien argumentó durante todo el proceso que la joven no estaba en condiciones de decidir. La reiterada confirmación por parte de los expertos de la plena capacidad para decidir, así como la persistencia en el deseo de morir expresado por Noelia, se convirtieron en los elementos que definieron el desenlace del proceso.

Durante el periodo en que la paciente aguardó la resolución, las valoraciones clínicas y los informes psicológicos se sucedieron con regularidad, descartando los intentos por cuestionar su competencia para solicitar la eutanasia. Finalmente, el procedimiento se llevó a cabo conforme al marco legal vigente y respaldado por la sentencia firme de los máximos órganos judiciales españoles.