
El recurso presentado por la defensa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, sostiene que la instalación de una lona por parte de la asociación Hazte Oír frente al Congreso de los Diputados, en la que se le acusaba de ser "corrupto", constituye un acto que va más allá de la crítica política legítima y representa una "grave transgresión de la convivencia política". Tal como reportó Europa Press, la representación legal de Sánchez ha solicitado la reapertura de la causa judicial sobre este asunto, después de que la misma fuese archivada por la titular del Juzgado de Instrucción Número 12 de Madrid.
Según la información divulgada por Europa Press, el abogado de Pedro Sánchez argumenta que con la exposición pública de la lona se ha vulnerado de manera considerable el derecho al honor del presidente, y que esta acción forma parte de una supuesta "campaña de desprestigio y deshumanización" dirigida contra él. La demanda recalca que estas conductas exceden tanto el ámbito de la libertad de expresión como el de la crítica política admitidos en el debate público.
El recurso judicial de la defensa considera que el contenido de la lona y los mensajes exhibidos forman parte de una estrategia que utiliza insultos y afirmaciones falsas "impunemente", lo cual, según su postura, contribuye a deteriorar el Estado de Derecho. Europa Press cita el documento jurídico que indica: “No nos encontramos ante una crítica política, nos encontramos ante imputaciones delictivas graves contra el presidente del Gobierno, es decir, contra una institución del Estado, usando el insulto y la falsedad impunemente y deteriorando seriamente el Estado de derecho”.
La lona, que superaba los 253 metros cuadrados, fue instalada frente al Congreso sobre las 11.00 horas y permaneció en el edificio hasta la madrugada del 20 de mayo, cuando fue retirada por los Bomberos del Ayuntamiento de Madrid tras una orden judicial emanada del Juzgado de Instrucción Número 9. Dicha intervención se realizó a pedido del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), quien presentó la solicitud de una medida cautelar.
En el material gráfico colocado por Hazte Oír, además de la imagen de Pedro Sánchez y la palabra “corrupto” resaltada en letras de gran tamaño, se exhibían referencias a diferentes casos, como “caso Begoña”, “caso Ábalos/Koldo” y “caso fiscal general de Pedro Sánchez”, entre otros, atribuyéndole connotaciones negativas en el ámbito político y judicial. Los representantes legales de Sánchez consideran que estos hechos implican una "grave transgresión" a la convivencia democrática y afectan el ejercicio legítimo de los derechos participativos, motivo por el cual solicitan que los tribunales lleven a cabo una investigación a fondo para evaluar si realmente se han sobrepasado los límites permitidos por la crítica política y el derecho a la libertad de expresión, de acuerdo con lo recogido por Europa Press.
Al dictar el archivo de la causa, la jueza del Juzgado de Instrucción Número 12 concluyó que la actuación de Hazte Oír no constituyó un delito de injurias ni calumnias, argumentando que el acto se encuadraba en los márgenes de la crítica política propia del debate en una sociedad democrática. Según el auto judicial citado por Europa Press, las expresiones e imágenes difundidas por la asociación representaban "una manifestación de crítica de contenido político, enmarcada dentro del derecho a la crítica de la actuación de los poderes políticos que no promueve la violencia ni incita un discurso de odio".
La defensa de Pedro Sánchez sostiene, en cambio, que archivar la causa de forma "sorpresiva", sin proceder a una instrucción más profunda, deja sin analizar si los hechos denunciados pueden superar los límites de la libertad de crítica y afectar gravemente la imagen de una autoridad pública. El recurso resalta que la mera existencia de indicios justificaría seguir con la instrucción, en vez de cerrar el caso sin mayor análisis.
Este conflicto judicial pone de relieve el papel de la libertad de expresión y sus límites en el contexto de la vida política española. La defensa del presidente insiste en que la acción realizada por Hazte Oír constituye una agresión que trasciende la crítica admisible y exige respuesta judicial para garantizar el respeto a los derechos fundamentales, según refleja la documentación incluida en la impugnación.
El caso continúa generando debate sobre la frontera entre la expresión legítima de opiniones políticas y la protección del honor de las figuras públicas, así como sobre el tipo de mensajes y manifestaciones que pueden tener cabida en el espacio público bajo la legislación vigente, tal como ha venido documentando Europa Press sobre el desarrollo del proceso.
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