El Gobierno reforma el Derecho al Honor para regular imágenes creadas con IA y proteger a víctimas frente al true crime

El Ejecutivo da luz verde inicial a una reforma legal que actualiza la protección frente al uso no autorizado de imágenes mediante tecnologías avanzadas y endurece medidas para preservar la dignidad y privacidad de quienes han sido víctimas de delitos mediáticos

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El anteproyecto de Ley Orgánica de protección civil del derecho al honor, la intimidad personal y familiar, y la propia imagen refuerza las condiciones bajo las cuales las personas fallecidas podrán prohibir mediante testamento el uso de su voz o imagen con fines publicitarios o comerciales tras su muerte, una novedad que extiende los derechos de los individuos más allá de su vida. Según informó el Consejo de Ministros, este texto legal ha recibido luz verde inicial este martes y sustituye a la normativa vigente desde 1982, respondiendo a la aparición de nuevos retos ligados al desarrollo tecnológico y a la protección de las víctimas de delitos mediáticos.

El medio de comunicación responsable de difundir estos detalles, tal como publicó en su cobertura, fue informado de que la iniciativa forma parte del denominado 'Plan de Acción por la Democracia' y busca actualizar la defensa del derecho al honor ante desafíos como el uso de inteligencia artificial para crear, simular o manipular imágenes y voces sin consentimiento. El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, explicó en rueda de prensa posteriores a la reunión del Consejo de Ministros que la nueva norma ajusta la regulación a las múltiples reformas legislativas introducidas tanto a nivel europeo como en la propia legislación nacional.

De acuerdo con la información consignada por el Gobierno, la reforma declara ilegítimo cualquier uso no autorizado de la imagen o la voz de una persona generado mediante inteligencia artificial u otras tecnologías análogas. Se regula además el tratamiento de los llamados 'true crimes', incluyendo una protección específica para las víctimas al considerar intromisión cualquier tipo de obtención de rendimiento o proyección personal del victimario con su relato, sin importar que obtenga o no un beneficio económico directo.

El ministro Bolaños expuso que la desvinculación del beneficio económico como requisito implica que el autor de un delito no podrá explotar mediáticamente los hechos delictivos en los que participó, por ejemplo, en productos audiovisuales o literarios, si ello conlleva una injerencia en el derecho al honor de las víctimas. En la normativa sugerida por el Ejecutivo, también se restringe el concepto de consentimiento en el uso de imágenes: el hecho de que una fotografía o vídeo se haya compartido en una red social no habilita su utilización en otros contextos o plataformas, limitando el consentimiento al ámbito para el que fue expresamente concedido.

Según informó el ministro durante su intervención, la reforma fija la edad mínima para que una persona pueda autorizar el uso de su imagen en dieciséis años, alineándose con la propuesta de Ley de Protección de menores en el entorno digital que está en trámite parlamentario. Se aclara que el consentimiento de los menores está sujeto a condiciones que eviten cualquier intromisión o menoscabo de su honor y que, en el caso de personas con discapacidad, la norma prevé apoyos legales conforme a lo dispuesto en el Código Civil o la intervención del Ministerio Fiscal para la protección de sus derechos.

El medio responsable de la publicación detalló además que, en los supuestos de personas mayores de dieciséis años, una utilización consentida de la imagen puede ser considerada ilegítima cuando lesione su dignidad o reputación. Respecto a personas fallecidas, se amplía el grupo de quienes pueden ejercer el derecho en su nombre, incluyendo parejas de hecho y personas con vínculos afectivos análogos a los matrimoniales.

Sobre la regulación de la inteligencia artificial, el uso de la voz o imagen para objetivos publicitarios o comerciales se considerará ilegítimo si se ha empleado esta tecnología sin autorización expresa. El Consejo de Ministros subrayó que se garantiza la protección de la libertad de expresión y la creatividad, permitiendo en ciertos casos el uso de inteligencia artificial para recreaciones satíricas, creativas o de ficción asociadas a figuras públicas, siempre que se advierta que las imágenes han sido generadas con dichas tecnologías.

La información recogida por el medio a partir de la comparecencia de Bolaños aclara además que la ley mantiene la primacía del interés público y la libertad de información, tal y como ha establecido la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, permitiendo la difusión de imágenes o contenidos manipulados por inteligencia artificial si existe un interés noticiable justificado. El texto determina los criterios para valorar la gravedad de las injerencias en este derecho básico, siguiendo parámetros del Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional: se consideran la gravedad del daño, la afectación de más de un derecho fundamental, las acciones previas de la persona concernida, el alcance de la publicación, el prestigio del medio que divulga la información, la reiteración de la injerencia y la exposición previa de la persona afectada.

Un aspecto destacado por el Ejecutivo y recogido por el medio en su análisis del proyecto es la prohibición en la nueva ley de indemnizaciones simbólicas para las víctimas de intromisiones al derecho al honor. El ministro advirtió sobre situaciones previas donde, pese al reconocimiento legal de la infracción, la compensación quedaba reducida a sumas simbólicas como un euro, lo que, según el Gobierno, resultaba claramente insuficiente para restituir el daño causado.

El anteproyecto contempla que en el caso de condena por vulneraciones de esta índole, la identidad de la persona responsable podrá ser publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que introduce una dimensión pública adicional a las sanciones. El ministro Bolaños manifestó que la norma busca adecuar la protección del derecho al honor a las condiciones derivadas de nuevas tecnologías y de los contenidos mediáticos, siendo compatible tanto con el desarrollo tecnológico como con los derechos fundamentales reconocidos en la legislación.

A lo largo de su intervención, el Gobierno recalcó que la reforma pretende establecer un punto de equilibrio entre los derechos individuales y los intereses públicos, adaptando la regulación a realidades como la inteligencia artificial, la difusión en redes sociales, el fenómeno del true crime y la salvaguarda de los menores y otros colectivos vulnerables, tal como reflejan las informaciones obtenidas directamente de la rueda de prensa ministerial.