Sumar pide en el Congreso revisar la norma que fija coeficientes reductores para trabajos peligrosos

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Sumar ha registrado una proposición no de ley en el Congreso con la que plantea una revisión de varios artículos contenidos en el real decreto de 2025 por el que se regula la jubilación anticipada con coeficientes reductores en la Seguridad Social para algunos trabajos peligrosos.

La norma auspiciada por el Ministerio de Seguridad Social de Elma Saiz establecía el procedimiento previo para determinar los supuestos que permiten anticipar la edad de jubilación en actividades penosas o peligrosas mediante coeficientes reductores. Sin embargo, desde el grupo plurinacional entienden que este real decreto de mayo del año pasado plantea "serias preocupaciones" por varias cuestiones.

En la proposición no de ley, que ha sido auspiciada por la dirigente de En Comú Aina Vidal y ha sido recogida por Europa Press, Sumar esgrime que con la legislación actual se establece que los colectivos que ya cuentan con coeficientes reductores no pueden revisarlos para aumentarlos hasta pasados diez años desde la entrada en vigor de la norma, es decir, hasta 2035.

HAY QUE ESPERAR DIEZ AÑOS PARA MEJORAR LOS COEFICIENTES

Esto en la práctica, dice Sumar, supone que profesiones que tienen reconocido un coeficiente inferior al que conlleva la peligrosidad de su profesión, como por ejemplo los buceadores profesionales, no podrán mejorar su situación hasta 2035, algo que el grupo no ve "razonable".

Por otro lado, los plurinacionales apuntan que la falta de revisión de algunos coeficientes podría generar la "incoherencia" de que un nuevo colectivo obtenga un mayor coeficiente que un colectivo reconocido previamente.

Sumar también expone que el artículo 22.2 del real decreto establece el silencio administrativo como desestimatorio en la respuesta a un colectivo que demande un coeficiente reductor. Además, un colectivo cuyo expediente haya sido desestimado por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social no podrá volver a presentar una solicitud de aplicación de coeficientes reductores hasta pasados cuatro años, según el artículo 21 de la norma.

REVISIÓN DE LOS ARTÍCULOS 9, 21 Y 22 DEL REAL DECRETO

Por todos estos aspectos, Sumar considera que hay que revisar el real decreto y en concreto modificar los artículos 9, 21 y 22. En lo que se refiere al artículo 9, el grupo parlamentario quiere que se establezca la posibilidad de revisión de un coeficiente reductor de un colectivo que ya lo tenga reconocido sin necesidad de esperar hasta 2035.

En lo que respecta al artículo 21, el espacio político quiere que cuando una solicitud sea desestimatoria se pueda volver a presentar otra en el plazo de un año, y en lo referido al artículo 22, Sumar quiere fijar el silencio administrativo positivo para aquellas solicitudes en las que no haya recaído resolución expresa.