Bruselas eximirá a empresas de cumplir criterios ambientales para actividades de bajos ingresos

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La Comisión Europea ha adoptado este viernes un acto delegado para eximir a las empresas tanto financieras como no financieras de cumplir criterios de sostenibilidad y respeto al medio ambiente para aquellas actividades que representen ingresos residuales para sus negocios.

Estos cambios, que ahora deben examinar el Consejo y el Parlamento Europeo, afectan al reglamento de taxonomía de la UE, que establece la clasificación de actividades económicas sostenibles, en el marco del paquete de simplificación 'Ómnibus I'.

En el caso de las empresas no financieras, las actividades se consideran no significativas si representan menos del 10% de los ingresos totales, los gastos de capital o los gastos operativos de la empresa, por lo que Bruselas defiende que reducir esta carga administrativa beneficiará a las empresas al permitirles centrarse en la presentación de informes y la financiación de sus actividades principales y en cómo esto contribuye a sus esfuerzos de transición verde.

Además, las empresas no financieras estarán exentas de evaluar el cumplimiento de la taxonomía para la totalidad de sus gastos operativos cuando se consideran no materiales para su modelo de negocio.

En el caso de las empresas financieras, se simplificarán los indicadores clave de desempeño, como el índice de activos verdes para los bancos, y se les otorgará una opción de no informar los indicadores de taxonomía detallados durante dos años.

Asimismo, las plantillas de informes de taxonomía se simplificarán al reducir la cantidad de puntos de datos en un 64% para las empresas no financieras y en un 89% para las empresas financieras y se relajarán los criterios de "no causar daño significativo" para la prevención y el control de la contaminación relacionados con el uso y la presencia de sustancias químicas.

Las modificaciones se aplicarán una vez finalizado el período de examen de cuatro meses, prorrogable por dos meses más y las medidas de simplificación se aplicarán a partir del 1 de enero de 2026 y abarcarán el ejercicio 2025. No obstante, las empresas tienen la opción de aplicar las medidas a partir del ejercicio 2026 si lo consideran más conveniente.

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