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Jubilados del decreto Ley 20530 ya cobran S/30 más en su pensión: Los beneficiados

Desde el 12 de febrero este grupo de jubilados cobran sus pensiones con un aumento. En febrero recibirán el monto de ‘reintegro’ por el pago de enero

La ONP maneja parte de las pensiones de la Ley 20530. Desde este febrero los pensionista verán los S/30 extra. - Crédito Andina

A fines de enero de este año fue decretado un nuevo aumento de pensiones que está dirigido a los jubilados del decreto Ley N° 20530 —el llamado régimen de pensiones y compensaciones por servicios civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley Nº 19990—. Este será de S/30 y será aplicado desde el pago de pensiones correspondiente a febrero (pero incluirán los S/30 extra de enero).

Los pensionistas reciben el pago desde el pasado jueves 12 de febrero, pero para eso deberán cumplir dos condiciones para percibir este aumento. El reajusta está dirigido a los jubilados:

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  • Que hayan cumplido 65 años o más al 31 de diciembre de 2025
  • Cuyo monto anual de pensión no supere las 28 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Para 2026, esto equivale a S/154 mil.
Los pensionistas del Decreto Ley 20530 podrán cobrar sus jubilaciones con el monto de S/ 30 desde febrero. - Crédito Andina

Se paga en febrero

El aumento se promulgó a fines de enero, pero también incluía ese mismo mes dentro del inicio de vigencia del incremento. Sin embargo, dado que las pensiones de enero ya se habían pagado, este aumento se tendrá que abonar en el mes de febrero.

Así, los pensionistas de la 20530 que cumplan con las condiciones para percibir el aumento lo reciben desde el pasado jueves 12 de febrero (cuando empieza el cronograma). Es decir, S/30 extra. Pero dado que les faltó abonar el incremento de enero, en total recibirán S/60.

  • Por la pensión de enero, los jubilados debieron recibir S/30 extra
  • Por la pensión de febrero, recibirán S/30 y los S/30 pendientes de enero
  • Desde marzo, los jubilados recibirán los S/30 extra a su pensión nada más.
MEF aprobó el decreto supremo a fines de enero, por lo que los S/30 extra de ese mes se pagarán en febrero. - Crédito Andina

“El reajuste será pagado en el mes de febrero de 2026 mediante un Abono Adicional. Dicho abono comprende el reajuste correspondiente a los meses de enero y febrero de 2026, el cual será consignado en la boleta o constancia de pago adicional bajo el concepto REINTEGRO AFECTO, por un monto total de S/60″, aclara la ONP.

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Cronograma de pagos

Asimismo, según el cronograma de pagos, estas son las fechas de cobros de la pensiones 20530, según la entidad del Gobierno que paga y donde hayan laborado los jubilados:

  • Educación (incluye Universidades), Presidencia del Consejo de Ministros, Transportes y Comunicaciones, Defensa, Poder Judicial, Ministerio Público, Economía y Finanzas, Justicia, Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras, Contraloría General de la República, Congreso de la República, Agrario y de Riego, Energía y Minas: jueves 12 de febrero
  • Interior, Desarrollo e Inclusión Social, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Defensoría del Pueblo, Relaciones Exteriores: viernes 13 de febrero
  • Salud, Mujer y Poblaciones Vulnerables, Cultura, Ambiental, Trabajo y Promoción del Empleo, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil: lunes 16 de febrero
  • Producción, Comercio Exterior y Turismo, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Junta Nacional de Justicia, Jurado Nacional de Elecciones, Tribunal Constitucional: martes 17 de febrero.
Los pensionistas de la ONP cobrarán primero en el cronograma de pagos de febrero. - Andina

“La fecha de pago del reajuste mediante abono en cuenta bancaria está programada para el 17 de febrero de 2026. En el caso de los pensionistas que cobran bajo la modalidad de Pago a Domicilio, la entrega se realizará en el mes de marzo de 2026, junto con la pensión correspondiente a dicho mes, incluyendo el reintegro del reajuste por los meses de enero y febrero de 2026″, aclaró la ONP.

De igual manera, en caso que el beneficiario perciba más de una pensión del Sector Público, el reajuste se aplicará únicamente sobre la pensión de mayor monto, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N.° 009-2026-EF.

Asimismo, debe tomarse en cuenta, además, que partir del mes de marzo de 2026, el reajuste mensual será consignado en las boletas o constancias de pago bajo el concepto “Reajuste DS N.° 009-2026-EF".

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