
El Gobierno Nacional implementó nuevas modificaciones al régimen de importaciones temporarias conocido como Repostock, con el objetivo de agilizar y mejorar la competitividad del sector exportador argentino.
A través del Decreto 779/2024, se introdujeron cambios significativos que buscan reducir los tiempos de trámite, eliminar requisitos innecesarios y optimizar el proceso administrativo para las empresas que importan insumos destinados al perfeccionamiento industrial.
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Estas modificaciones responden a la búsqueda de facilitar el acceso de los productos argentinos a los mercados internacionales en condiciones más competitivas, en un contexto donde la eficiencia y la reducción de costos se han vuelto fundamentales para la economía del país.
El Decreto 779/2024 modifica el Decreto N° 1330/04, que estableció las condiciones para la importación temporaria de mercaderías destinadas al perfeccionamiento industrial, es decir, productos que se importan para ser procesados en el país y luego exportados bajo una nueva forma.
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Las nuevas disposiciones del régimen Repostock buscan simplificar este proceso, permitiendo, por ejemplo, que las mercaderías importadas para reposición no tengan que ser necesariamente del mismo origen que las originales, eliminando así un obstáculo que complicaba la operatoria de muchas empresas.
Modificaciones en el régimen Repostock
El Decreto 779/2024 establece que los usuarios directos del régimen Repostock podrán ahora importar mercaderías destinadas a la reposición de aquellas que ya fueron importadas y exportadas, pero sin la obligación de que sean idénticas y del mismo origen.
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Este cambio representa un alivio significativo para las empresas que enfrentaban dificultades para cumplir con este requisito, particularmente en un contexto global donde las cadenas de suministro han sido afectadas por la pandemia y otros factores geopolíticos.
Otro aspecto importante de las modificaciones es la reducción del plazo para la reposición de existencias. Antes, las empresas contaban con un plazo de hasta tres años para completar este proceso, pero el nuevo decreto acorta este período a 360 días. En ese sentido, la medida seguramente apunta a incentivar una mayor rotación de inventarios y a fomentar que las empresas sean más ágiles en sus procesos productivos y comerciales.
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Además, el decreto introduce nuevas reglas para la certificación de importaciones destinadas a reposición bajo el régimen Repostock. Ahora, la autorización para importar con el beneficio de reposición de stock será emitida por la Subsecretaría de Comercio Exterior, y este proceso estará vinculado directamente con la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA).
Esta integración digital busca eliminar la burocracia y facilitar un control más efectivo y ágil por parte de las autoridades aduaneras, reduciendo los tiempos de espera y los costos asociados para las empresas.
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Reestructuración para mejorar control del comercio de sustancias y armas químicas
Por otra parte, el Ministerio de Economía ha reubicado el Registro de Armas Químicas (REARQUIM) bajo la órbita de la Subsecretaría de Gestión Productiva, dependiente de la Secretaría de Industria y Comercio, con el objetivo de optimizar la gestión y control de las sustancias químicas sujetas a la Convención sobre Armas Químicas.
La medida, establecida a través de la Resolución 243/2024, busca fortalecer el cumplimiento de las normativas internacionales y asegurar que las actividades de producción, comercialización, importación y exportación de estos productos se realicen bajo estrictas condiciones de seguridad.
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La resolución también delega en la Dirección Nacional competente la administración y gestión del REARQUIM, otorgando mayor flexibilidad y capacidad operativa para la supervisión de las actividades relacionadas con sustancias químicas sensibles. Esta reestructuración responde a la necesidad de adecuar los procedimientos de control a las exigencias actuales del mercado y las regulaciones internacionales, garantizando que Argentina continúe cumpliendo con sus compromisos en el marco de la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas.
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