
El equipo legal de Christian Nodal desmintió que el cantante haya promovido un amparo para frenar la Ley Cazzu, la iniciativa que busca facilitar la obtención de pasaportes y permisos de viaje para hijos de padres ausentes o incumplidos. Según un comunicado difundido el 17 de septiembre, el recurso legal impugna únicamente el nombre de la propuesta y “la narrativa estigmatizante” construida en torno a su hija Inti.
El documento, firmado por la representación del cantante y difundido a través de Star News Media, calificó como falsa la versión que circuló en días previos sobre un supuesto amparo contra el contenido de la reforma. “Christian está a favor de cualquier iniciativa que proteja a las niñas y los niños”, señala el texto.
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La aclaración llegó después de que el periodista Javier Ceriani revelara, con documentos judiciales, que Nodal había presentado un amparo indirecto el 17 de julio de 2026 y un recurso de queja el 18 de agosto contra la iniciativa impulsada por la diputada Sandra Arreola.
El amparo se limita al nombre de la iniciativa, según el escrito legal
El comunicado sostiene que “no existe ninguna resolución judicial ni prueba que determine que Christian sea deudor alimentario o que haya incumplido sus obligaciones”. Añade que el cantante “tampoco ha negado permisos para que su pequeña hija viaje o para que su madre pueda trabajar”. Cabe apuntar que el periodista Javier Ceriani también ha revelado documentos de Argentina donde un juez le autorizó a Cazzu el viajar con su hija ante la falta de respuesta del padre.
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Un fragmento del escrito legal, correspondiente a la página seis del expediente, precisa el alcance del recurso. “El acto reclamado se circunscribe exclusivamente a la denominación y/o apelativo ‘Ley Cazzu’ y a la narrativa estigmatizante que la acompaña”, establece el documento.
El texto añade una petición concreta: que la iniciativa “continúe su cauce legal bajo una denominación neutral que no vulnere los derechos fundamentales tanto del quejoso como de la menor quejosa”. El escrito aclara de forma expresa que “no se impugna ningún contenido normativo o propuesta de reforma”.
El documento reconoce, en los mismos términos, que la iniciativa “persigue un fin constitucionalmente válido y loable: la protección del interés superior del menor y la facilitación de su movilidad”. La objeción, subraya el escrito, radica en que ese objetivo “no debe estigmatizar ni exponer al odio a los quejosos”.
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Nodal acusa exposición de su hija con una historia que no corresponde a la realidad
El comunicado plantea que la Ley Cazzu se promovió a partir de “una historia falsa sobre su pequeña hija” y que esa narrativa “no corresponde a la historia real de la menor”. El texto argumenta que exponer públicamente ese relato “la expone y revictimiza injustamente”.
“La menor tiene derecho a crecer sin que su vida sea utilizada para generar atención mediática a partir de hechos que no corresponden con su realidad”, indica el documento. Agrega que Inti “algún día conocerá su propia historia y merece encontrar la verdad, no una versión construida por conveniencia”.
El comunicado calificó como falso el documento que circuló en medios y redes sociales, que mostraba que iba contra la Ley Cazzu. “El documento con el sello del juzgado es el auténtico y vigente”, precisa el texto, que anuncia el inicio de una investigación “para determinar quién está difundiendo información falsa y perjudicial para la menor”.
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El post en redes sociales fue “compartido” por Nodal y Ángela Aguilar.
El expediente judicial previo mostraba un desechamiento y un recurso de queja

Documentos judiciales presentados por el periodista Javier Ceriani, a través de la abogada Marcela Torres, ubicaban el inicio del proceso el 17 de julio de 2026, con Cristian Jesús González Nodal como actor y el diputado Ernesto Núñez Aguilar entre los señalados como demandados. El acuerdo judicial de esa fecha desechó la demanda de amparo indirecto.
El juzgado determinó que se actualizaba una causa de improcedencia, al tratarse de una iniciativa de ley y no de un acto de autoridad que afectara de manera directa los intereses jurídicos del promovente, conforme al artículo 113 de la Ley de Amparo. El 18 de agosto de 2026, el equipo legal de Nodal interpuso un recurso de queja contra ese desechamiento, actualmente en trámite ante un tribunal colegiado en materia administrativa.
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La diputada Sandra Arreola, promotora de la iniciativa a nivel federal, había señalado previamente que “no te puedes amparar ante una iniciativa de ley” porque “todavía no es ley” y no ha generado una afectación concreta.
La Ley Cazzu busca reformar el artículo cuarto constitucional para que un padre o madre ausente o incumplido pierda la capacidad de bloquear trámites como pasaportes o permisos de viaje internacional de sus hijos.

La diputada Sandra Arreola confirmó la existencia de una campaña de recolección de firmas en la plataforma Change.org, bajo el nombre “Ley Cazzu MX”, con el objetivo de presionar a los diputados federales para avanzar en la reforma constitucional. Arreola señaló que, al tratarse de una reforma al artículo cuarto constitucional, el proceso legislativo tomará más tiempo que el de una ley ordinaria.
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La legisladora mencionó además un criterio reciente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que respalda los principios de la iniciativa. De acuerdo con su relato, la Corte resolvió a favor de una madre a la que su expareja negaba reiteradamente el permiso para viajar con sus hijas al extranjero, al establecer que el interés superior del menor prevalece sobre la negativa del otro progenitor.
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