Los hijos tienen derecho a saber quién es su padre biológico, resolvió la Suprema Corte

Para priorizar la estabilidad emocional de las infancias o adolescencias la noticia podrá darse cuando el padre legal lo decida

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En México las personas menores
En México las personas menores de 18 años tienen derecho a conocer quién es su padre biológico, priorizando su estabilidad emocional. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) marca un precedente en la protección de los derechos de la infancia en México. La resolución obliga a que todo menor pueda conocer su identidad biológica antes de alcanzar la mayoría de edad, sin que esto dependa exclusivamente de la decisión de los adultos a su cargo.

El derecho a la verdad biológica

La SCJN analizó el caso de un adolescente cuya filiación legal correspondía a su padre de crianza, aunque existía un hombre que reclamaba el reconocimiento de su paternidad biológica. El menor había sido cuidado y registrado desde su nacimiento por la pareja de su madre biológica, a quien reconocía como padre.

A pesar de ello, el tribunal consideró que el derecho a la identidad incluye saber si existe una discrepancia entre la filiación jurídica y los antecedentes biológicos. El Pleno concluyó que este conocimiento no puede quedar supeditado a la sola voluntad de los adultos ni posponerse indefinidamente bajo el argumento de “proteger al menor”.

Resolución judicial y medidas de acompañamiento

En la primera instancia, los tribunales decidieron mantener la filiación con el padre de crianza, dejando en manos del adulto la decisión de cuándo y cómo informarle al adolescente sobre su origen, incluso permitiendo postergar la revelación hasta antes de que cumpliera 18 años.

La Suprema Corte revocó esa decisión y ordenó que se reconozca expresamente el derecho del menor a conocer su verdad biológica antes de la mayoría de edad. Además, exigió que se definan con claridad la forma, el momento y el acompañamiento profesional adecuados para transmitir la información, así como las medidas necesarias para proteger la salud mental y la estabilidad familiar del adolescente.

La SCJN reiteró el derecho
La SCJN reiteró el derecho de infancias y adolescencias a conocer su origen biológico. Crédito: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO

“Se estima que en cada caso concreto la persona juzgadora debe determinar la manera de garantizar el derecho a conocer su propio origen biológico incluyendo toda medida tendiente a procurar tanto la menor incidencia negativa en la estabilidad emocional del niño o de la niña o del adolescente, como el restablecimiento de su salud mental y la estabilidad en la familia”, explicó la ministra ponente Loretta Ortiz Ahlf.

Otros precedentes en defensa de la infancia

En la misma sesión, la SCJN también revocó un fallo que obligaba a una menor víctima de violencia sexual a comparecer judicialmente para reevaluar su testimonio. La Corte consideró que este tipo de decisiones pueden constituir una forma de revictimización y son contrarias al interés superior de la niñez.

El tribunal resaltó que, aunque en ciertos casos es necesaria la práctica de pruebas periciales, someter a una menor a este proceso sin justificación suficiente puede agravar el daño psicológico y vulnerar su integridad.

Infancias y adolescencias tienen derecho a saber su origen biológico

  • La SCJN reconoce el derecho de todo menor a saber quién es su padre biológico antes de cumplir 18 años.
  • La decisión de informar sobre el origen biológico no puede depender solamente de los adultos responsables.
  • El tribunal exige definir cómo, quién y en qué condiciones se revelará la información, asegurando acompañamiento profesional.
  • Se deben implementar medidas para resguardar la salud mental y la estabilidad emocional y familiar del menor.
  • El fallo reafirma que el interés superior de la niñez guía todas las decisiones en materia de identidad y protección judicial.