
El reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) marca un precedente en la protección de los derechos de la infancia en México. La resolución obliga a que todo menor pueda conocer su identidad biológica antes de alcanzar la mayoría de edad, sin que esto dependa exclusivamente de la decisión de los adultos a su cargo.
El derecho a la verdad biológica
La SCJN analizó el caso de un adolescente cuya filiación legal correspondía a su padre de crianza, aunque existía un hombre que reclamaba el reconocimiento de su paternidad biológica. El menor había sido cuidado y registrado desde su nacimiento por la pareja de su madre biológica, a quien reconocía como padre.
A pesar de ello, el tribunal consideró que el derecho a la identidad incluye saber si existe una discrepancia entre la filiación jurídica y los antecedentes biológicos. El Pleno concluyó que este conocimiento no puede quedar supeditado a la sola voluntad de los adultos ni posponerse indefinidamente bajo el argumento de “proteger al menor”.
Resolución judicial y medidas de acompañamiento
En la primera instancia, los tribunales decidieron mantener la filiación con el padre de crianza, dejando en manos del adulto la decisión de cuándo y cómo informarle al adolescente sobre su origen, incluso permitiendo postergar la revelación hasta antes de que cumpliera 18 años.
La Suprema Corte revocó esa decisión y ordenó que se reconozca expresamente el derecho del menor a conocer su verdad biológica antes de la mayoría de edad. Además, exigió que se definan con claridad la forma, el momento y el acompañamiento profesional adecuados para transmitir la información, así como las medidas necesarias para proteger la salud mental y la estabilidad familiar del adolescente.

“Se estima que en cada caso concreto la persona juzgadora debe determinar la manera de garantizar el derecho a conocer su propio origen biológico incluyendo toda medida tendiente a procurar tanto la menor incidencia negativa en la estabilidad emocional del niño o de la niña o del adolescente, como el restablecimiento de su salud mental y la estabilidad en la familia”, explicó la ministra ponente Loretta Ortiz Ahlf.
Otros precedentes en defensa de la infancia
En la misma sesión, la SCJN también revocó un fallo que obligaba a una menor víctima de violencia sexual a comparecer judicialmente para reevaluar su testimonio. La Corte consideró que este tipo de decisiones pueden constituir una forma de revictimización y son contrarias al interés superior de la niñez.
El tribunal resaltó que, aunque en ciertos casos es necesaria la práctica de pruebas periciales, someter a una menor a este proceso sin justificación suficiente puede agravar el daño psicológico y vulnerar su integridad.
Infancias y adolescencias tienen derecho a saber su origen biológico
- La SCJN reconoce el derecho de todo menor a saber quién es su padre biológico antes de cumplir 18 años.
- La decisión de informar sobre el origen biológico no puede depender solamente de los adultos responsables.
- El tribunal exige definir cómo, quién y en qué condiciones se revelará la información, asegurando acompañamiento profesional.
- Se deben implementar medidas para resguardar la salud mental y la estabilidad emocional y familiar del menor.
- El fallo reafirma que el interés superior de la niñez guía todas las decisiones en materia de identidad y protección judicial.
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