
Una vez más, surge una polémica sobre reforma al Poder Judicial, ya que un juez de Morelia, Michoacán, otorgó una suspensión provisional en torno a la iniciativa que busca elegir a jueces y magistrados por voto popular de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
De acuerdo con la asociación nacional de magistrados y jueces de distrito del Poder Judicial de la Federación, se concedió la suspensión, en el juicio de amparo 1074/2024, promovido por la JUFED, para ordenar a las autoridades que implementen las acciones para impedir los efectos y consecuencias del decreto de reforma judicial en la esfera jurídica de quienes forman parte de esta Asociación.
En un comunicado se explica que se trata de un amparo que tiene como objetivo salvaguardar la estabilidad laboral de las personas juzgadoras, para prevenir cualquier cese masivo que pudiera afectar negativamente sus “carreras”, así como la impartición de justicia.
“Este avance refleja el compromiso y la dedicación de la Asociación en la defensa de la autonomía judicial y en la protección de los derechos de todos sus integrantes”, informaron.

Anteriormente, la jueza de Coatzacoalcos, Veracruz, Nancy Juárez Salas, pidió bajar la reforma al Poder Judicial del Diario Oficial de la Federación (DOF), para evitar la elección que se llevará a cabo a partir de 2025 de jueces y magistrados por voto popular.
Incluso, Juárez Salas señaló a la presidenta Claudia Sheinbaum de presunto desacato, debido a que ésta mencionó que no procede.
“Quien está actuando en desacato es la jueza. Nosotros estamos actuando de manera procedente”, dijo la Presidenta durante la Mañanera del Pueblo, luego de confirmar que el artículo 61 de la Ley de Amparo establece que esta medida jurídica no es aplicable en modificaciones a la Constitución Política y después de haber ya respondido antes sobre el mismo tema.
Ante ello, la mandataria mexicana también advirtió que actuarían de manera legal, pues se levantaría una denuncia en contra de la jueza en el Consejo de la Judicatura.
Por ello, y a raíz de las críticas, el Senado de la República aprobó recientemente la reforma de la supremacía constitucional, por lo que ahora será turnada al Ejecutivo Federal.
Con ello, se modificarán los artículos 105 y 107 de la Carta Magna que establecen que son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad, que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constitución Federal.
Esto se da luego de que la bancada del partido del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) presentó una iniciativa con el fin de “blindar” todas las reformas constitucionales de impugnaciones.
De ese modo, ninguna reforma constitucional podrá ser impugnada ni suspendida bajo ningún argumento.
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