
Luego de que el Congreso de la Unión resolvió respaldar la decisión de Claudia Sheinbaum Pardo de no acatar la resolución de la jueza Nancy Juárez acerca de la eliminación de la reforma judicial del Diario Oficial de la Federación (DOF), el presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, reiteró que se trata de “un acto consumado”.
A través de un video difundido en la cuenta verificada de la red social X, antes Twitter, de la Cámara de Diputados se dio a conocer un video de Sergio Gutiérrez Luna en donde aseguró que “no procede el amparo contra reformas constitucionales y cualquier intento por vulnerarla afecta la división de poderes”.
“Esta reforma es un acto consumado, aprobado por ambas Cámaras del Congreso de la Unión y la mayoría de los Congresos estatales, actuando como constituyente permanente y cumpliendo con lo que establece el artículo 135 de la Constitución”, dijo.
Por otro lado, señaló que, según los términos del artículo 61 de la Ley de Amparo, cualquier intento de revertir dicha reforma es improcedente, pues ningún amparo es válido contra reformas constitucionales. Incluso, aseguró que la eliminación de la reforma judicial, como lo sugirió la resolución de la jueza, podría ser catalogado como la vulneración a la separación de poderes.
“Como presidente de la Cámara de Diputados tengo la obligación de defender nuestra constitución y el mandato democrático. Este proceso ha concluido, la reforma al Poder Judicial ya es derecho positivo y lo que sigue es que se respete. Es nuestra responsabilidad proteger la legalidad y el orden constitucional”, finalizó.
Cámara de Diputados respalda el desacato a la orden de la jueza Nancy Juárez
Al igual que la Cámara de Senadores, que resolvió en el Pleno el respaldo a la decisión de Sheinbaum Pardo de no eliminar la reforma en materia judicial, en San Lázaro asumieron la misma postura. Al respecto, a través de un oficio dirigido a la consejería jurídica de la presidencia, expresaron que:
“Esta soberanía considera que la Presidenta de la República no está obligada a llevar a cabo la eliminación de dicha publicación oficial ordenada por la Titular del Juzgado Décimo Noveno de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en la Ciudad de Coatzacoalcos, actuando en los autos del Juicio de Amparo 823/2024; máxime que se trata de un hecho total e irrevocablemente consumado y de indispensable realización legal, material y fáctica”.
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