
Uno de los requisitos más importantes para poder circular con un automóvil es que este cuente con una placa. En el Estado de México (Edomex), el documento de circulación cuenta con una vigencia de cinco años, por lo que año con año se vuelve necesario que un sector de los contribuyentes realicen el trámite de reemplacamiento.
Para el año 2024, todas aquellas personas que hayan registrado un automóvil en el Estado de México en el 2019 o años anteriores tienen la obligación de renovar sus placas, pues estas ya no tienen vigencia. Para facilitar el trámite, las autoridades dieron a conocer un calendario en el que se estipula cuáles son los usuarios que deben realizar el reemplacamiento en un mes determinado.
Cabe mencionar que el reemplacamiento en el año 2024 comenzó a operar el día 1 de julio conforme a lo estipulado en el calendario. En ese sentido, ya se conoce quiénes son las personas que deberán atender el trámite para evitar ser sancionados y que puedan transitar en cualquiera de los municipios del Estado de México.

Estos usuarios deben renovar placas del Edomex en julio para evitar sanciones
Según se encuentra indicado en el calendario oficial difundido en las redes sociales de la oficina dedicada a la atención al contribuyente en el Estado de México (Edomex), durante el mes de julio deben reemplacar aquellos vehículos cuya placa cuente con terminación 1 y 2, engomado de color verde, y haya sido expedida en 2019 o años anteriores.
De igual manera, en los meses subsecuentes, hasta el mes de diciembre, tendrá que acudir el resto de los usuarios en posesión de vehículos con placas expedidas en el 2019 o años anteriores de acuerdo con las indicaciones del siguiente calendario:
- Agosto - terminación de placas 3 y 4 con engomado de color rojo.
- Septiembre - terminación de placas 5 y 6 con engomado de color amarillo.
- Octubre - terminación de placas 7 con engomado de color rosa.
- Noviembre - terminación de placas 8 y 0 con engomado de colores azul y rosa.
- Diciembre - terminación de placas 9 y 0 con engomado de color azul.

De acuerdo con el artículo 17 del Reglamento de Tránsito del Estado de México, todo vehículo que circule por sus calles y avenidas deberá:
“Estar debidamente registrado y autorizado ante las autoridades de tránsito correspondientes. En casos extraordinarios se podrá circular únicamente con permiso provisional. Tratándose de vehículos de servicio particular deberán portar: I. Placas y calcomanía correspondiente al número de éstas y con un color para los efectos ecológicos de circulación restringida; II. Tarjeta de circulación; III. Calcomanía de emisión de contaminantes; 6 IV. Cinturones de seguridad en automóviles y camionetas a partir de modelos 1985; y V. Extinguidor en buenas condiciones de uso”.
Estos son los costos para realizar el reemplacamiento en el Estado de México
Debido a que en el Estado de México circulan vehículos empleados para distintas finalidades, las autoridades cuentan con tarifas diferenciadas para completar el trámite del reemplacamiento. En ese sentido, los usuarios deberán pagar el derecho por contar con el documento de acuerdo con el siguiente tabulador:
- Vehículo particular: MXN mil 014.
- Vehículo de carga comercial: desde MXN dos mil 118 hasta MXN cinco mil 148, dependiendo de la capacidad.
- Remolques: desde MXN dos mil 646 hasta MXN cinco mil 148.
- Motocicletas: MXN 755.
- Autos antiguos: MXN tres mil 626.
- Ecológicos: MXN mil 014.
- Autobuses: MXN cinco mil.
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