
En el proceso judicial que enfrenta a Pegaso con el Gobierno por el veto a la OPA húngara sobre Talgo, la Sección Tercera del Tribunal Supremo ha fijado el carácter reservado de la demanda, dadas las referencias a documentos clasificados y la sensibilidad que rodea la operación. Esta decisión busca mantener la confidencialidad en torno a la información utilizada por el Ejecutivo para fundamentar su negativa a la Oferta Pública de Adquisición planteada en 2024, según consta en la resolución judicial fechada el 10 de marzo y consultada por Europa Press.
Según informó Europa Press, Pegaso, sociedad compuesta por el fondo Trilantic y la familia Oriol —históricos fundadores de Talgo—, formalizó el 28 de enero de 2026 su demanda ante el Tribunal Supremo, solicitando que el proceso pudiera manejar pruebas, incluida la pericial, y requiriendo de forma explícita que la demanda recibiese el tratamiento de documento reservado. Esta postura responde a que la decisión del Gobierno en la que rechazó la OPA de la empresa húngara Ganz Mavag sobre la totalidad de Talgo, basó sus argumentos en consideraciones de seguridad nacional al considerar supuestos vínculos entre el grupo inversor húngaro y Rusia.
El medio Europa Press detalló que el Abogado del Estado no se opuso a la declaración de reserva de la demanda, condicionado a que el contenido íntegro se traslade a las partes implicadas en el procedimiento. El Tribunal Supremo atendió a esta solicitud, garantizando que tanto la confidencialidad como el derecho al acceso de las partes se respetaran durante la tramitación del caso.
El 3 de febrero de 2026, Pegaso presentó un segundo escrito solicitando que, en el futuro, los peritos designados para elaborar el informe pericial pudieran consultar el expediente administrativo reservado del caso. Según publicó Europa Press, la Abogacía del Estado expresó entonces su oposición a esta petición, argumentando que el acceso a esa documentación debe resolverse en una etapa posterior del procedimiento, una vez contestada la demanda y cuando el proceso llegue a la fase probatoria.
El Tribunal Supremo, al resolver sobre este asunto, recordó que aún no se ha admitido la prueba pericial y que la decisión relativa a su realización debe tomarse una vez que la demanda reciba respuesta judicial. Por tanto, el acceso de los peritos a la documentación reservada no prosperó en esa etapa, tal como acordó la Sección Tercera en su resolución.
La operación financiera sobre Talgo adquirió notoriedad después de que Pegaso respaldara públicamente la oferta de Ganz Mavag, la cual ofrecía pagarse hasta 5 euros por acción. Esta cifra superaba el importe finalmente obtenido durante la venta de acciones de Trilantic, que se realizó al consorcio vasco liderado por Sidenor por 4,25 euros por acción, tras el veto gubernamental según consignó Europa Press. El rechazo de la OPA supuso un golpe para las expectativas de venta de Pegaso y Trilantic, que habían proyectado una operación a mayor precio con el consorcio húngaro.
El origen del conflicto reside en la resolución del Ejecutivo español que bloqueó la operación debido a preocupaciones sobre la seguridad nacional, poniendo en el centro del debate los supuestos nexos de la compañía Ganz Mavag con intereses rusos. El Gobierno ya había declarado reservada dicha resolución, limitando el acceso a esos documentos clave, tanto para las partes interesadas como para terceros.
Según publicó Europa Press, la demanda interpuesta por Pegaso plantea revertir la decisión gubernamental, con la intención de abrir de nuevo la puerta a negociaciones de venta, considerando insatisfactoria tanto la justificación de seguridad nacional esgrimida como el impacto económico causado a sus intereses y a los de los accionistas minoritarios. El proceso judicial desplegado ante el Supremo amplía la controversia sobre la transparencia de los argumentos utilizados para vetar la OPA y la influencia de la política nacional e internacional en decisiones empresariales de este tipo.
La tramitación del caso se mantiene bajo secreto, dado el carácter reservado de los documentos que sustentan la postura del Gobierno, situación que según el Tribunal Supremo resulta indispensable para preservar la seguridad y confidencialidad de la información sensible manejada en el expediente. La evolución de este proceso queda ahora condicionada a los próximos pasos judiciales, incluyendo la posible admisión y práctica de pruebas propuestas por las partes, siempre en el marco de las condiciones de reserva establecidas por el Alto Tribunal, según reportó Europa Press.
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