Associació Víctimes de la Dana recurre al TSJCV y pide que no se aplique el aforamiento de Mazón

La organización que representa a los afectados por la tragedia del 29 de octubre de 2024 exige que se estudie a fondo si el expresidente Carlos Mazón debe conservar privilegios parlamentarios, argumentando que este beneficio podría vulnerar derechos fundamentales de los damnificados

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La ausencia de actividad parlamentaria efectiva por parte de Carlos Mazón, quien renunció a la presidencia de la Generalitat tras la tragedia del 29 de octubre de 2024, constituye uno de los argumentos centrales en el recurso presentado por la Associació de Víctimes de la Dana 29 d'Octubre de 2024. La organización sostiene que la permanencia de Mazón en su escaño responde al propósito de mantener el aforamiento y evitar una investigación ordinaria sobre su gestión durante los sucesos que dejaron 230 víctimas mortales en la provincia de Valencia. Según informó el medio original, la asociación, representada por la abogada Miriam Salmerón y presidida por Mariló Gradolí, ha presentado un recurso de súplica ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para solicitar la inaplicación del aforamiento al exmandatario.

De acuerdo con la información publicada, la iniciativa se produce tras el auto emitido por unanimidad por la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV. En la resolución, los cinco magistrados descartaron investigar penalmente a Mazón por su gestión en la emergencia del 29 de octubre. El tribunal argumentó que, conforme a la legislación vigente, Mazón no mantenía un deber u obligación específica que lo situara como garante de la seguridad ciudadana, condición necesaria para la imputación por homicidio imprudente en su modalidad de comisión por omisión. El alto tribunal no halló pruebas de que el expresidente participase en el sistema Es-Alert, elemento central en la activación de protocolos de emergencia.

En el comunicado difundido por la asociación, se expone que el recurso presentado frente al TSJCV no cuestiona la competencia del alto tribunal como norma general cuando se investiga a diputados autonómicos. El escrito impugna la aplicación automática del aforamiento en este caso concreto, solicitando que se revise rigurosamente tanto el objetivo del privilegio como las circunstancias específicas de los hechos denunciados. Tal como detalló la organización en el texto del recurso, el aforamiento se concibe como una excepción al principio del juez predeterminado por la ley y, por esa razón, debe ser interpretado con criterios restrictivos y aplicado únicamente cuando se trata de proteger la función parlamentaria, no a título personal.

En los argumentos del recurso, se indica que la emergencia acontecida el 29 de octubre de 2024 está directamente conectada con las funciones ejecutivas desempeñadas por Mazón, y no con su actual calidad de diputado. Por ello, la asociación considera injustificado jurídicamente el uso del aforamiento en este contexto. Según sostiene el documento, la falta de actividad parlamentaria de Mazón desde su dimisión, unida a su inasistencia a plenos y votaciones, refleja un uso instrumental del escaño para mantener prerrogativas judiciales y eludir posibles investigaciones en tribunales ordinarios.

La organización alerta de que aceptar la aplicación automática del aforamiento podría transformar este mecanismo de garantía procesal en un privilegio, lo que afectaría al derecho fundamental de las víctimas de la tragedia a recibir tutela judicial efectiva y a acceder al juez predeterminado por la ley. Reportó el medio que, en su análisis, la asociación destaca que el auto del TSJCV habría avanzado en valorar aspectos propios del fondo del asunto, rebasando lo que, a su juicio, corresponde al momento procesal actual, que debe limitarse a determinar la competencia jurisdiccional.

El recurso fundamenta su petición en la doctrina constitucional y en resoluciones judiciales recientes que remarcan que el aforamiento no puede aplicarse de manera extensiva ni convertirse en una alternativa utilizada discrecionalmente por la persona investigada. La Associació de Víctimes de la Dana 29 d'Octubre de 2024 solicita al tribunal “una verdadera ponderación de los derechos implicados”, contraponiendo la prerrogativa del aforamiento frente al derecho de las víctimas a que los hechos sean examinados por el juzgado ordinario que ya tramita la denuncia, en este caso el Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja.

El objetivo manifestado por la organización, según informó la fuente, consiste en que la investigación siga su curso en el órgano judicial predeterminado por la normativa, garantizando la igualdad ante la ley de todas las personas, incluidas quienes hayan ocupado funciones de responsabilidad pública.