El fallo judicial establece que el Estado asume responsabilidad civil subsidiaria por los hechos ocurridos durante el servicio activo, lo que implica que la compensación económica a la víctima será cubierta en caso de que el agresor no la abone. Según publicó Europa Press, la sentencia dictada por el Tribunal Militar Territorial de A Coruña impone una pena de seis meses de prisión y suspensión de empleo a un brigada de la Guardia Civil destinado en Monforte de Lemos (Lugo), tras declararlo culpable de abuso de autoridad en la modalidad de acoso sexual contra una subordinada.
La resolución judicial, a la que accedió Europa Press, detalla que el agente, además de la pena de privación de libertad y suspensión militar, debe indemnizar con 4.170,50 euros a la guardia civil afectada por los daños psíquicos reconocidos en el proceso. El tribunal atribuye estos daños a los mensajes y comunicaciones de carácter sexual que el superior dirigió a la agente, hechos ocurridos en febrero de 2023, mientras ambos prestaban servicio en la plana mayor de la compañía de Monforte.
Según consta en la sentencia, el brigada, en reiteradas ocasiones, emitió comentarios con doble sentido o connotaciones sexuales hacia la subordinada. Entre los episodios descritos, el tribunal documenta el envío a través de WhatsApp del dibujo “Hombre de Vitrubio” de Leonardo Da Vinci, acompañado en la parte superior de una representación de una persona desnuda encima de otra. El juzgado califica este mensaje de “meme” y lo interpreta como un requerimiento sexual hacia la agente. La reacción de la subordinada fue pedirle que no le enviara “guarradas”. Europa Press consignó que, pese a esta petición explícita, el brigada le remitió el mismo día un vídeo en el que, tras visionarse la imagen de un incendio, aparecía una mujer gritando durante una escena explícita de violencia sexual. De acuerdo con la Sala, este material tuvo la capacidad de generar en la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante.
El tribunal señala que las indiscreciones del brigada no se limitaron a mensajes puntuales, sino que las conductas se dieron de manera reiterada, siempre en horario laboral y durante el desarrollo de funciones profesionales, mientras los implicados cumplían actos de servicio designados reglamentariamente. Europa Press agregó que, para el tribunal, estos elementos configuran una proposición o insinuación sexual proveniente de un superior jerárquico hacia una subordinada directa, concretando así el tipo penal de abuso de autoridad en el contexto de acoso sexual.
El fallo insiste en la gravedad de la conducta por su carácter atentatorio contra la dignidad y la libertad sexual de la víctima, realizando tales acciones dentro de las instalaciones y en circunstancias que agravaron su impacto. La resolución precisa que la condena integra, además del tiempo de prisión y la indemnización, la suspensión del brigada de todos sus empleos militares durante el mismo periodo.
Según detalló Europa Press, al establecerse que los hechos tuvieron lugar en el marco del cumplimiento del servicio, la sentencia atribuye la responsabilidad civil subsidiaria al Estado para garantizar el pago de la indemnización a la agente, conforme a la normativa aplicable al personal militar en activo.
La decisión del tribunal militar todavía puede ser recurrida a través de un recurso de casación ante la Sala Militar del Tribunal Supremo. El proceso forma parte de un contexto de atención creciente a la conducta de abuso de autoridad y acoso en cuerpos jerarquizados como la Guardia Civil, especialmente cuando los episodios se producen durante la prestación de funciones oficiales y en espacios institucionales. El medio Europa Press destacó que la sentencia se apoya en la constatación de que la persistencia y gravedad de las acciones instauraron un ambiente intimidatorio incontrovertible para la afectada, cuyas consecuencias psíquicas han quedado acreditadas.
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