TSJA afea a Azata su "nulo interés" en que se revise de forma efectiva la licencia del Algarrobico

La máxima instancia judicial andaluza descarta la petición de archivo presentada por la promotora del hotel en El Algarrobico y respalda las gestiones municipales, mientras se mantiene a la espera del dictamen del Consejo Consultivo andaluz

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha puesto de manifiesto la falta de implicación demostrada por la promotora Azata del Sol respecto a la revisión efectiva de la licencia otorgada para la construcción del hotel en la playa de El Algarrobico, según la información publicada por Europa Press. Al mismo tiempo, la instancia judicial andaluza ha refrendado los procedimientos administrativos impulsados desde el Ayuntamiento de Carboneras y mantiene la causa abierta, a la espera del dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía.

De acuerdo con Europa Press, en un auto emitido el 28 de enero, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada desestimó el recurso de reposición presentado por Azata del Sol, el cual pretendía que se archivara nuevamente la causa vinculada a la revisión de la citada licencia de obras, concedida originalmente en enero de 2003. Este recurso estaba dirigido contra una resolución anterior, del 21 de noviembre, en la que ya se había rechazado el cierre de la ejecutoria correspondiente, cuya finalidad consiste en dar cumplimiento a una sentencia firme que exige la revisión del referido permiso de construcción.

La ponente Beatriz Galindo, en representación de la Sala, subrayó que el avance en la revisión de oficio no queda satisfecho simplemente con la apertura del procedimiento, sino que requiere completarse hasta su resolución definitiva. Recordó que la sentencia firme dictada en 2018 fijaba como obligación el desarrollo ordenado de todas las actuaciones relacionadas con el permiso de obra, el cual presenta, según resalta el tribunal, defectos considerados como causas de nulidad. Así, la instancia judicial insistió en la necesidad de agotar todas las fases administrativas hasta llegar a una conclusión definitiva, sin aceptar dilaciones ni maniobras procesales orientadas al archivo prematuro.

El medio Europa Press detalló que el Ayuntamiento de Carboneras inició en julio de 2025 el expediente para la revisión de la citada licencia, ejecutando las instrucciones emitidas en los fallos judiciales. Posteriormente, en diciembre del mismo año, el expediente fue remitido al Consejo Consultivo de Andalucía, órgano competente para emitir un informe preceptivo que permitirá culminar la tramitación administrativa. El TSJA reconoció la validez de las actuaciones promovidas hasta la fecha por la administración local y señaló que el expediente se encuentra a la espera de las consideraciones o requerimientos documentales que pueda solicitar el Consejo Consultivo en ejercicio de sus atribuciones. Por el momento, este organismo todavía no ha emitido su dictamen sobre el expediente tramitado.

En el marco de este proceso, la organización Greenpeace presentó alegaciones argumentando que el expediente municipal estaba caducado debido a que habían pasado más de seis meses desde su apertura. Por tal motivo, la organización solicitó que el tribunal instara al Ayuntamiento de Carboneras a comenzar el proceso de revisión nuevamente. La Sala consideró que no correspondía pronunciarse sobre esa solicitud, limitándose a recordar que todo el procedimiento forma parte de la ejecución de una sentencia previa y que cualquier avance debe ceñirse al desarrollo reglado de la tramitación administrativa.

Según consignó Europa Press, la resolución judicial hace énfasis en la obligación de cumplir con la revisión íntegra del expediente de oficio. Se recalca que dicho trámite no puede considerarse finalizado hasta agotar todas las etapas requeridas, lo cual impediría la estimación de un archivo anticipado de la causa al margen del dictamen pendiente por parte del Consejo Consultivo andaluz.

Entre los puntos remarcados por el TSJA figura también la desestimación de las alegaciones promovidas por Azata del Sol, que había intentado cerrar de forma anticipada la ejecutoria, una estrategia que, a juicio del tribunal, no está alineada con los principios de actuación exigidos por la sentencia ya firme de 2018. Aludiendo a la postura procesal de la promotora, la Sala calificó su implicación en el avance del procedimiento como “nula”, comprometiendo la finalidad principal: garantizar que el expediente se analice y resuelva en su totalidad.

La sentencia de 2018, referida por el tribunal y difundida por Europa Press, había declarado que la licencia de obras otorgada a Azata del Sol incurría en vicios graves que ameritaban su revisión de acuerdo con los criterios de nulidad administrativa. El fallo impuso al Ayuntamiento de Carboneras y a las demás partes involucradas el deber de finalizar la revisión de oficio, abarcando todas las instancias y emitiendo resoluciones tras agotar consultas y pronunciamientos técnicos, incluido el del Consejo Consultivo andaluz.

El hotel de El Algarrobico ha representado uno de los focos de atención más destacados en la controversia urbanística y medioambiental de la provincia de Almería, con una sucesión de litigios y reclamaciones por parte de colectivos ecologistas y administraciones. Conforme ha precisado Europa Press, el procedimiento judicial vigente busca zanjar los aspectos legales sobre la validez o no de la licencia que permitió la edificación junto a la playa y la posible anulación de dicho permiso debido a los vicios detectados por los tribunales.

En el contexto actual, la resolución judicial divulgada por Europa Press mantiene la obligatoriedad de completar el proceso de revisión y posterga cualquier evaluación hasta que el Consejo Consultivo andaluz emita su dictamen final. Mientras tanto, el TSJA ha reiterado que el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Carboneras continúa su curso dentro del marco de la legalidad y que toda dilación queda atribuida a las exigencias del proceso reglado, no a la inacción por parte de la administración local.

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