Los afectados por suspensión alta velocidad Málaga-Madrid podrán solicitar indemizaciones

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Madrid, 19 ene (EFECOM).- Los usuarios de servicios ferroviarios afectados por la suspensión de la alta velocidad entre Málaga y Madrid tras el grave accidente en Amaduz (Córdoba) entre dos trenes ocurrido este domingo, que ha causado numerosos fallecidos y heridos, podrán solicitar el reembolso de sus billetes o compensación económica así como indemnizaciones, según Asufin.

La Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), ha recordado que los billetes de tren deben ser reembolsados por retrasos y cancelaciones además de que los usuarios pueden acceder a una indemnización adicional si concurren causas de riesgo inherente a la explotación, como fallos mecánicos o errores humanos.

Asufin ha recordado que cada operador ferroviario contempla una política de compensación económica o reembolso por retardos y cancelaciones, y ha explicado que en el caso de Renfe, en AVE, Avllo y Alvia, por un retraso de más de una hora el reembolso es del 50 % del billete, y por 90 minutos del 100 %; mientras que en el caso de Ouigo, se reembolsa el 50 % del precio del billete a partir de más de media hora de retraso; y del 100 % a partir también de 90 minutos.

Por su parte, Iryo, compensa con el 50 % del importe del billete por más de una hora, y con el 100 % a partir de 90 minutos de retraso.

En el caso de indemnizaciones, Asufin ha informado de que hasta 2 horas de retraso, se abonará el 25 % del precio del billete, y superior a esas dos horas del 50 %; y destaca que dicha indemnización se abonará en un plazo máximo de un mes desde la solicitud del usuario, en forma de vales o en efectivo, si así lo solicita el viajero.

Asimismo, Asufin ha señalado que en el caso del accidente ocurrido en Amaduz, la empresa sería responsable al concurrir causas de riesgos inherentes a la explotación.

Asufin también recuerda a los usuarios de tren que en materia laboral, según el estatuto de los trabajadores, incorporó a finales de 2024 un permiso retribuido de hasta cuatro días por “imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo, (…) cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso”.

Por ello, Asufin recomienda consultar con la empresa o convenio los procedimientos en caso de retrasos o ausencias por causas de fuerza mayor y guardar los justificantes que puedan ser requeridos para acreditarlos.

En cuanto a alimentos y alojamiento para los afectados, Asufin ha señalado que es una cuestión que queda a discreción de las operadoras.

Por último, desde la asociación se ha advertido a los usuarios de que estén atentos a subidas de precios en los transportes alternativos, como coches de alquiler, vehículos a través de plataformas, y las alternativas de vuelos puestas en marcha por las aerolíneas. EFECOM