
El Juzgado de Instrucción Número 8 de Madrid ha preguntado a la Fiscalía si ve pertinente investigar al expresidente de la Audiencia Nacional José Ramón Navarro por un presunto delito de revelación de secretos por supuestamente anticipar al Gobierno, en concreto al que fue ministro de Transportes José Luis Ábalos, la sentencia por que se absolvió de un delito de sedición por el 1-O al que fuera mayor de los Mossos d'Esquadra Josep Lluís Trapero.
Así consta en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que la juez Rosario Espinosa abre diligencias previas y pide informe al Ministerio Público para que informe de su criterio sobre la admisión o no de una denuncia presentada por Manos Limpias contra Navarro.
La instructora entiende que ante la "posible existencia de una infracción penal" lo pertinente es abrir diligencias previas "y practicar aquellas esenciales encaminadas a determinar la naturaleza y circunstancias del hecho, así como las personas que en él hayan participado".
Manos Limpias denunció a Navarro después de que 'El Mundo' revelara una conversación de WhatsApp de agosto de 2020 entre el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y Ábalos en la que éste le informaba de que el entonces presidente de la AN le había avisado de que absolverían a Trapero. El tribunal dictó su sentencia en octubre de ese mismo año.
La decisión de la juez tiene lugar dos meses después de que el Tribunal Supremo archivara "de plano" la denuncia que presentó Manos Limpias contra Navarro por los mismos hechos. La Sala de lo Penal explicó que el expresidente de la Audiencia Nacional no estaba aforado ante el alto tribunal por lo que no podría investigarle y avisó al sindicato de que podía formular su denuncia "ante la jurisdicción o el órgano judicial correspondiente", es decir, los juzgados de Plaza de Castilla.
Por turno de reparto, el asunto ha recaído en el Juzgado de Instrucción Número 8 de Madrid, que deberá decidir si admite la denuncia e investiga a Navarro o si la inadmite.
OTRO JUZGADO INADMITIÓ UNA QUERELLA SIMILAR
Al margen, cabe recordar que el Juzgado de Instrucción Número 4 de Madrid inadmitió hace unos días una querella de Hazte Oír contra Navarro por los mismos hechos al no apreciar indicios de delito de revelación de secretos.
Para el titular de dicho juzgado, "la filtración del contenido de una sentencia destinada a ser pública resultado de un juicio también público no tiene el carácter de secreto ni tan siquiera información de carácter reservado".
Al hilo, alegó que el sujeto activo debía de tener conocimiento del secreto o de la información por razón de su oficio o cargo y, en este caso, "al no formar parte del tribunal sentenciador el presidente de la AN no conoce el fallo por su cargo sino porque se le ha filtrado".
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