Un juzgado de Madrid ratifica la cuarentena de los pasajeros españoles del crucero afectado por hantavirus: “La medida resulta adecuada, necesaria e idónea”

La magistrada avala el aislamiento al considerar que la protección de la salud pública prevalece sobre la oposición individual

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Un juzgado de Madrid ratifica la cuarentena de los pasajeros españoles del crucero afectado por hantavirus. (Europa Press)

Un Juzgado de Instrucción de Madrid ha ratificado este sábado la orden del Ministerio de Sanidad que obliga a guardar cuarentena a los pasajeros y tripulantes españoles que viajaban a bordo del crucero MV Hondius, afectado por un brote de hantavirus. La resolución, dictada por la magistrada Raquel Robles González, avala el aislamiento durante siete días naturales en habitaciones individuales del Hospital Central de la Defensa Gómez Ulla, en Madrid.

El auto judicial responde al escrito presentado en la noche del viernes por la Abogacía del Estado, que solicitó la ratificación judicial de la orden sanitaria de cuarentena aprobada por el Ministerio de Sanidad. La medida ha sido acordada por la sección de instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid, plaza número 25.

“La medida resulta adecuada, necesaria e idónea para controlar la enfermedad y prevenir su expansión”, señala el juzgado. La resolución añade además que la cuarentena es también “proporcionada al riesgo grave, inminente y extraordinario que supondría la propagación por contagio, máxime cuando el tiempo de aislamiento fijado no puede tampoco considerarse excesivo o prolongado”.

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Vista del pasillo principal de la Unidad de Aislamiento de Alto Nivel del Hospital Gómez Ulla. (Ministerio de Defensa)

El interés general prevalece sobre el individual

La jueza fundamenta su decisión en la Ley Orgánica 3/1986 de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, así como en los artículos 15, 17 y 43 de la Constitución Española y en el artículo 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que contempla el internamiento de personas susceptibles de propagar enfermedades contagiosas.

En el auto, la magistrada considera que el interés general y el derecho a la vida de la población deben prevalecer sobre una posible oposición individual a la medida de cuarentena. Para ello, se apoya en el artículo 15 de la Constitución, que garantiza tanto el derecho a la vida como a la integridad física y moral de los ciudadanos.

“La salud de los ciudadanos es un elemento esencial del interés general que deben atender los poderes públicos. En una indiscutible situación de riesgo grave para la salud como la generada por el hantavirus, a la vista de informes aportados con la solicitud, resulta evidente que debe prevalecer el interés general sobre el individual”, expone la resolución.

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Imagen de archivo de sanitarios se equipan en la Unidad de Aislamiento de Alto Nivel en el Hospital Gómez Ulla de Madrid (Eduardo Parra / Europa Press)

Una situación urgente e inminente

Asimismo, el auto fue dictado sin traslado previo a los posibles afectados debido a la urgencia de la situación y a la inminente llegada del buque al puerto de Granadilla de Abona, en Tenerife, desde donde los pasajeros serán trasladados posteriormente al Hospital Gómez Ulla de Madrid.

Según recoge el auto judicial, el brote de hantavirus fue detectado a principios de mayo de 2026 a bordo del MV Hondius, que transportaba a 147 pasajeros y tripulantes, de los cuales 14 son españoles o residentes en España. A fecha de 4 de mayo se habían identificado siete casos de hantavirus, incluidos tres fallecidos.

Los informes del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC) y de la Organización Mundial de la Salud (OMS) describen la enfermedad como una infección que puede provocar fiebre, síntomas gastrointestinales y una rápida progresión a neumonía y síndrome de dificultad respiratoria aguda, con una tasa de letalidad de entre el 10% y el 32%.

Elaborado con información de Europa Press y Efe

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