
El Juzgado de lo Social nº 17 de Madrid ha condenado a la Universidad Complutense (UCM) por no permitir a una profesora que sufría de ansiedad y depresión acudir con su perra a trabajar. Por ello, esta institución tendrá que “cesar en dicha vulneración” y pagar una indemnización de 15.000 euros por daños morales a la afectada.
El fallo, al que ha tenido acceso Infobae España, concluye que el centro “ha incumplido sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales en su vertiente psicosocial” y por ello, también se le impone a la universidad tener que “llevar a cabo en la facultad de ciencias matemáticas, una evaluación de riesgos psicosociales en relación a la posibilidad de que los trabajadores y trabajadoras acudan con animales de compañía a los puestos de trabajo, todo ello en aras a garantizar la protección (y la posibilidad de adaptación de sus puestos) de las personas trabajadoras frente a los riesgos laborales de tipo psicosocial”.
Grey, una Schnauzer mini de 8 kilos
La demandante, asesorada durante el juicio por el despacho Olympe Abogados, es una reputada doctora en matemáticas que desde 2019 trabajó en la facultad de ciencias Matemáticas de la UCM y desde un principio fue acompañada de su perra Grey, una Schnauzer mini de 8 kilos con todas las vacunas en regla.
La mujer llevaba en un principio a su mascota como apoyo emocional por la ansiedad que sufría, principalmente por el trabajo y por los problemas de una relación en la que estuvo envuelta, pero a eso se le sumó que en 2022 Grey fue diagnosticada con una cardiopatía respiratoria que la obligaba a estar constantemente pendiente del animal, para evitar su asfixia, y de darle su correspondiente medicación cada pocas horas.
Desde la institución no hubo ningún problema con esta situación, ya que en su despacho tenía un transportín, pudiendo encerrarla en él dentro del despacho en el momento en que fuera necesario, evitando siempre horas puntas y delimitándose a instalaciones concretas de la universidad.
Un cartel de prohibición de animales
La situación cambió en febrero de 2024, cuando la profesora se encontró con un cartel dentro de la facultad que indicaba la prohibición de que entrarán animales, una señal que hasta ese momento no existía.
Cómo no se le había indicado ningún cambio de postura por parte de la universidad, la afectada preguntó por su caso concreto y le contestaron en un email que “en aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y con el objeto de evitar potenciales riesgos, se considera adecuado prohibir la entrada de animales en el Centro como indica los carteles informativos puestos a tal efecto”.

La doctora respondió pidiendo que se lo permitieran por el estado de salud de ambas y proponiendo seguir los protocolos que establecen empresas como ‘Google’ o ‘Metro de Madrid’ a tal efecto (utilizar las escaleras y no los ascensores, evitar entrar y salir de la facultad en horas puntas, no acceder a cafeterías, llevarla con bozal, que permanezca en el despacho de mi mandante, etc.). La respuesta una vez más fue negativa.
“Llevo 4 años trayendo a mi perra sin ninguna queja ni llamada de atención. Podrías explicarme ¿a qué se debe este cambio? La ley de riesgos laborales no ha cambiado en estos años”, fue su contestación, pero ya nunca recibió respuesta.
Ante la situación de estrés, la profesora comenzó a desarrollar síntomas de ansiedad, que la llevaron a estar de baja durante casi cuatro meses por ansiedad y depresión.
La desesperación a la que se enfrentaba en ese momento, sobre todo por el agravamiento del estado de salud de Grey, hizo que el 1 de julio de 2024 volviera a escribir a la gerente volviendo a hacer la solicitud: “Me dirijo a ti para preguntarte si sería posible llevar a mi perra al despacho, como estuve haciéndolo entre 2019 y 2023, para que así pudiese estar pendiente de la perra y que no muriera sola en mi casa. Me preocupa especialmente el verano, porque aunque estoy dejando el aire acondicionado puesto en casa, no tengo control de la temperatura de la casa sin estar en ella y el aire no es suficiente”.
La respuesta de la gerente fue simplemente: “La normativa es de obligado cumplimiento”. Tres meses más tarde, el 29 de octubre de 2024, Grey falleció de una parada cardiorrespiratoria.
“La Universidad debió evaluar y adaptar las condiciones para minimizar ese riesgo psicosocial”
Tras la denuncia presentada por Olympe Abogados, la jueza de instancia ha considerado probado que la negativa de la universidad a adaptar el puesto de trabajo de la demandante y a contemplar su situación particular constituyó una omisión grave en materia de prevención de riesgos laborales, en su vertiente psicosocial. El expediente judicial recoge múltiples informes médicos y psicológicos que avalan la necesidad de la medida solicitada por la docente.
A pesar de estos antecedentes, la universidad no solo mantuvo la prohibición, sino que sancionó a la profesora con un apercibimiento por haber ingresado a la facultad con su perra en varias ocasiones tras la entrada en vigor de la resolución decanal. La sentencia destaca que ni el decano ni la gerencia elevaron la situación al Servicio de Prevención de la universidad ni propusieron medidas alternativas, a pesar de estar informados de la situación de riesgo psicosocial.
La defensa ejercida por la UCM se basó en que la prohibición se amparaba en la Ley 7/2023, que permite a los centros educativos restringir el acceso de animales de compañía por razones de seguridad e higiene, y negó la existencia de acoso laboral o vulneración de derechos fundamentales. La fiscalía, por su parte, también descartó la existencia de acoso, calificando el conflicto como un desacuerdo puntual en el marco de la relación laboral.
Sin embargo, la jueza ha sido contundente al señalar que la universidad incumplió su deber de prevención y adaptación frente a un riesgo psicosocial objetivamente identificado y respaldado por informes profesionales. “La Universidad y el decano, conociendo la situación de la trabajadora (necesidad de acudir con su perra como medida para controlar su salud mental), debió evaluar y adaptar las condiciones para minimizar ese riesgo psicosocial. No hacerlo supuso una omisión de su deber de prevención”, destaca el fallo.
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