
La diferencia legal entre casarse y hacerse pareja de hecho sigue generando numerosas dudas entre quienes comparten vida en pareja, que se plantean qué es mejor. En este sentido, Cristina Rovira, abogada y oficial de notaría, ha abordado las claves de esta cuestión en un vídeo publicado en la cuenta oficial de TikTok de Arias Peña Serrano Notarios (@apsnotarios): “No basta con convivir con tu pareja”, explica la letrada sobre cómo ha de formalizarse una pareja de hecho, y añade: ”Hay que firmar la escritura e inscribir la pareja en el registro oficial de tu comunidad autónoma”.
Rovira insiste en que, aunque las parejas de hecho cuentan hoy con más derechos que hace años, “no es lo mismo que casarse”. Según señala la notaría Arias Peña Serrano en la descripción del vídeo, “aunque las parejas de hecho han ganado derechos, no son lo mismo que un matrimonio”. La dificultad principal para este tipo de parejas radica en la inexistencia de una normativa estatal única. Cada comunidad autónoma posee su propio registro, condiciones y requisitos, lo que deriva en un régimen desigual según el lugar de residencia.
En la Comunidad Valenciana, por ejemplo, las parejas de hecho pueden disfrutar de algunos beneficios fiscales y acceder a la pensión de viudedad, siempre que se realice la inscripción formal. Ahora bien, tal y como advierte Rovira, “no tienen derecho a la herencia”, a menos que se deje por escrito en un testamento: “No heredan nada si no hay testamento”, remarca la letrada a través de la notaría.
Formalización de la pareja de hecho, un trámite obligatorio
Uno de los errores más extendidos es pensar que la convivencia prolongada “ya cuenta” a efectos legales. Cristina Rovira recuerda a través del vídeo que “la simple convivencia no basta”. La ley exige, por norma general, “formalizar la unión, ya sea mediante inscripción en el registro oficial de pareja de hecho autonómico o municipal, o mediante documento público o escritura notarial”, expone la experta.
Los requisitos para registrar la pareja de hecho varían según la comunidad autónoma: puede solicitarse un tiempo mínimo de convivencia, empadronamiento conjunto y testigos, lo que genera confusión y obliga a cada pareja a informarse sobre la regulación aplicable en su lugar de residencia.
Herencias, pensiones y fiscalidad: diferencias clave
El acceso a la herencia y a determinados beneficios supone una de las grandes diferencias. En el matrimonio, existen derechos sucesorios automáticos, es decir, entran en vigor aunque no haya testamento, mientras que en la pareja de hecho “suele ser necesario dejar testamento para asegurar que pertenezca al superviviente lo que se quiera legar”, señala la abogada en el vídeo.
En lo relacionado con la fiscalidad y el IRPF, las parejas casadas pueden optar a la declaración conjunta y a otras deducciones o reducciones de forma generalizada, mientras que las parejas de hecho suelen quedar fuera de algunos beneficios. Estos aspectos dependen de la comunidad y de si se ha formalizado la pareja en los registros pertinentes.
Con la entrada en vigor de la Ley 21/2021, se han producido cambios importantes en el acceso a la pensión de viudedad para parejas de hecho. El Tribunal Supremo obliga a que haya inscripción formal para acceder a ese derecho, incluso cuando existen hijos comunes. El régimen actual regula de forma distinta la compatibilidad de pensiones en función de si el fallecimiento se produjo antes o después del 1 de enero de 2022.
¿Qué es mejor entonces?
Lejos de afirmar que una fórmula sea mejor que otra, Cristina Rovira subraya que ni el matrimonio ni la pareja de hecho son opciones superiores en términos personales o afectivos, ya que cada pareja debe valorar qué modelo se ajusta mejor a su proyecto común. No obstante, la experta aclara que, desde el punto de vista legal, el matrimonio sigue ofreciendo más beneficios y mayor protección en materias como herencias, fiscalidad o acceso a prestaciones. Así, recomienda informarse bien y buscar asesoramiento profesional antes de tomar una decisión, para que esta se base en un conocimiento claro de los derechos y obligaciones que supone cada figura.
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