Un experto inmobiliario revela cuántos impuestos tienes que pagar a Hacienda si heredas un piso: “La mayoría de la gente no lo tiene claro”

La cuantía de estos tributos dependerá de cuestiones como el nivel de parentesco, la comunidad autónoma u otras circunstancias concretas de cada caso

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Estos son los impuestos que
Estos son los impuestos que tiene que pagar una persona por recibir un inmueble en herencia (Freepik)

Cuando una persona fallece y sus herederos van a recibir el patrimonio que le pertenecía, comienza un proceso burocrático que puede resultar complejo, especialmente si no se cuenta con un asesoramiento financiero adecuado que sirva de guía en estos trámites. Existen una serie de procedimientos e impuestos que deben realizarse y subsanarse a tiempo para evitar sanciones o recargos.

Cuando en la herencia está reflejado un inmueble, en España deben pagarse una serie de tasas a Hacienda y a las comunidades autónomas, cuyo importe dependerá de varios factores:

  • Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD): este tributo es de competencia autonómica, por lo que la cuantía dependerá de la comunidad autonómica en la que residiera el fallecido. La base imponible se calcula sobre el valor neto del piso heredado, descontando las posibles deudas pendientes y cargas. Es importante destacar que en algunas comunidades autónomas se aplican bonificaciones y reducciones en función del grado de parentesco. Por ejemplo, en Madrid, Andalucía o Galicia, hay un descuento del 99 % para los herederos directos (hijos, padres y cónyuge). En otras regiones, por el contrario, el impuesto puede ser más elevado.
  • Plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU): este tributo se paga al ayuntamiento donde se encuentre ubicado el inmueble que se va a heredar y grava el incremento del valor del sueño urbano desde la última transmisión. La cuantía dependerá del número de años transcurridos desde la última compraventa y del valor catastral del suelo. Es importante destacar que en algunas ordenanzas municipales existen reducciones o incluso exenciones para herederos directos.
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): la herencia en sí no tributa en este impuesto, aunque sí si el heredero vende el inmueble en el futuro. En este caso, deberá pagar por la ganancia patrimonial obtenida, que se calcula por la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición declarado en el ISD.
  • Otros gastos asociados: los herederos podrán estar obligados a pagar también honorarios notariales, la inscripción en el Registro de la Propiedad y los gastos de gestoría si recurren a profesionales para realizar la tramitación.

Cómo reducir los impuestos por heredar un piso

El agente inmobiliario Gregorio Estévez, a través de su cuenta de TikTok (@gregorio_estevez), ha destacado una situación que le ocurre a muchas personas: “La mayoría de gente no tiene claro cuántos impuestos tiene que pagar a Hacienda si ha heredado un piso”. Cada caso, tal y como explica el experto, es diferente, puesto que dependerá de la herencia en sí, de la comunidad autónoma o de las circunstancias.

Entrevista a David Jiménez, abogado especializado en herencias.

Por ejemplo, en su vídeo destaca una situación en la que, tras el fallecimiento de los padres, el heredero recibirá su inmueble: “Me debes 30.000 euros de impuestos”, explica, representando a la Agencia Tributaria. Sin embargo, existen algunos casos en los que estos se pueden reducir considerablemente: “No hace falta que te pague impuestos porque mis padres hicieron un fondo donde pusieron el piso, ellos eran usufructuarios vitalicios, a mí me pusieron como único beneficiario, así que no tengo que pagarte impuestos”.

Por tanto, el hijo es el nudo propietario del inmueble y no recibirá la posesión completa hasta el fallecimiento de los usufructuarios, que pueden disponer de la casa hasta este momento. En este sentido, los impuestos pueden ser menores: se pagará el ISD por la parte del piso que aún no estuviese a nombre del heredero y no por el valor completo; además, se pagaría el IIVTNU únicamente si hay un incremento del valor del suelo.

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