Los 3 trámites sencillos que pueden hacer los autónomos a través de la app de la Seguridad Social

Con el fin de facilitar a este colectivo todos los trámites y la transición al nuevo sistema de cotización que ha entrado en vigor en 2023

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Estas son las cuatro pensiones de la Seguridad Social que no tienen fecha de vencimiento. (Getty)
Estas son las cuatro pensiones de la Seguridad Social que no tienen fecha de vencimiento. (Getty)

La Seguridad Social ha incluido nuevas actualizaciones en su carpeta de Trabajo Autónomo para facilitar a este colectivo todos los trámites y la transición al nuevo sistema de cotización que ha entrado en vigor en 2023. En concreto, desde el mes de marzo están operativos tres nuevos servicios: el simulador de cuota personalizado, la comunicación de nueva actividad y la comunicación de fin de alguna de las actividades.

Una de las novedades más importantes es la implementación de un simulador personalizado para que los autónomos puedan calcular su cuota ajustada teniendo en cuenta los rendimientos que ha estimado, las cotizaciones durante este año y su última cuota abonada. De esta forma, evitará que al finalizar el año tenga que regularizar su situación y proceder a devoluciones o reclamaciones.

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A este simulador se puede acceder desde el área personal previa identificación a través de cl@ve, certificado electrónico o vía sms. Una vez identificado, hay que pulsar en el enlace “Revisa tu cuota” que dirigirá a este simulador personalizado. El trabajador autónomo deberá indicar los rendimientos netos mensuales que espera obtener. Para ello, elegirá entre uno de los 15 tramos de rendimientos netos mensuales establecidos. De esta manera, el trabajador podrá realizar la simulación con diferentes tramos de rendimientos netos esperados.

Una vez indicados los rendimientos, el simulador mostrará la “Cuota y base de cotización” ajustada que debería tener el autónomo desde la siguiente fecha de efectos del cambio de base hasta final de año para no tener que regularizar. Esta cuota puede variar si las circunstancias del trabajador autónomo cambian.

Comunicación de inicio y fin de actividad

Otra de las novedades es la inclusión de una nueva tarjeta de acceso al trámite “Comunicar nueva actividad” en la sección de Trabajo Autónomo. Este servicio está destinado a trabajadores que ya están dados de alta como autónomos y quieren comunicar una nueva actividad.

Este enlace redirige al área personal, desde donde el usuario puede acceder a su ficha de autónomo y podrá comunicar una nueva actividad. Los pasos de este proceso serán muy similares a los del alta inicial, salvo con algunas excepciones. El primer paso será el de confirmación del domicilio de actividad actual, en los casos en los que el autónomo no tenga asociado domicilio a su actividad principal.

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A continuación, deberá indicar la fecha de inicio de la nueva actividad. Recuerda que esta actividad debe estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en la Administración Tributaria correspondiente, debiendo coincidir el día de inicio de actividad en ambas administraciones y debe comunicarse dentro de los tres días siguientes a su inicio. No podrá comunicarse por este servicio el inicio de una actividad agraria por un trabajador autónomo, aunque se le indicará cómo debe informar a la Tesorería.

Como en el caso anterior, se ha habilitado una nueva tarjeta de acceso directo al trámite de “Comunicar fin de alguna de tus actividades” que redirige al área personal. Desde este servicio, el usuario puede acceder a las fichas de las actividades comunicadas y podrá informar dentro de los tres días siguientes al fin de la actividad elegida.

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