Facua denuncia a una treintena de inmobiliarias por saltarse la Ley de Vivienda

Siguen cobrando por sus servicios a los usuarios que buscan piso, pese a que la nueva normativa apunta que deben pagarlos los arrendadores

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Cartel de alquiler en una vivienda de Madrid.
Cartel de alquiler en una vivienda de Madrid.

Hecha la ley, hecha la trampa. Las inmobiliarias tiran de trucos y argucias para seguir cobrando a los inquilinos los gastos de gestión inmobiliaria o sus honorarios, pese a que la reciente Ley de Vivienda establece de forma expresa que deben correr a cargo del arrendador. Así lo alerta Facua, que ha presentado una batería de denuncias contra una treintena de inmobiliarias de Madrid, Barcelona, Sevilla, Valencia o Palma de Mallorca.

La entrada en vigor, el pasado 26 de mayo, de la nueva Ley por el Derecho a la Vivienda, ha realizado una modificación del artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994. Ahora, dicho artículo incorpora la siguiente redacción : “Los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador”.

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Para poder seguir cobrando a las personas que buscan alquileres, las inmobiliarias tiran de creatividad e inventan nuevos conceptos. Entre ellos, decir que la cuota se corresponde a la realización de un “estudio de viabilidad y solvencia económica” del inquilino -que impone sin que este lo ha pedido y que realmente no necesita-; el uso de anglicismos para referirse a estos honorarios, como “fee” -que traducido significa literalmente “cuota”-; o decir que se cobran por servicios “prestados al arrendatario” pero que no detallan y cuyo pago imponen, entre otros.

Con esta modificación de la normativa, se pone fin a una práctica con la que las inmobiliarias no solo cobran al arrendador por publicitar y enseñar su vivienda, sino también al inquilino. Una práctica contra la que ya se habían pronunciado diferentes audiencias provinciales, al declarar ilegal que se impusieran estas comisiones tras demandas de compradores de viviendas. Ahora, con la nueva redacción de la ley, la asociación incide en que no cabe otra interpretación posible que la de que no se puede aplicar ningún cargo al arrendatario por el mero hecho de haberle enseñado el piso que acabe alquilando.

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Alquiler Seguro, Housingo, Dflat, MC Property, Spanish Home, Andrés Carro Propiedades, Servicheck, HMS Real State, Oh my place, NSH, Galota, Solfai, Engel&Volkers, Modus Home Realtors, Alfa Inmobiliaria y Hernán Inmobiliaria, Aruncy2, Adamas Home, Inmogest, Centro Histórico Real State, Aureo Home, Consul Inversiones y Patrimonio, Homelogic, Smart Inmobiliaria, Domus, Antena Inmobiliaria e Inversiones inmobiliarias, Next Door Bcn y Alting, Ecom, Ágora Inmobiliaria y Lion Capital Group y Dray&Partners son las agencias que en diferentes territorios continúan cobrando estos honorarios pese a ir en contra de la legislación.

Se puede reclamar

La asociación aconseja a aquellos usuarios que se vean obligados a pagar este concepto para no perder la oportunidad de alquilar el piso que pidan factura independiente por el concepto abonado, o que haga el abono por transferencia indicando el concepto. Posteriormente, una vez firmado el contrato de alquiler y habitando ya el piso, pueden dirigirse a la inmobiliaria para solicitar el reembolso de dicha cantidad.

Si la agencia se niega, Facua recuerda a los afectados que pueden acudir a la asociación para que realice acciones en defensa de sus derechos y reclame la devolución en su nombre. Además, pueden interponer una denuncia ante las autoridades de consumo autonómicas solicitando una multa contra la empresa por la vulneración de la normativa. Si la agencia persistiese en su negativa, los consumidores también pueden recurrir a la vía judicial. Al tratarse de una reclamación que, por regla general, no superaría los 2.000 euros, pueden hacerlo sin necesidad de procurador y abogado.

Con esta modificación de la normativa, se pone fin a una práctica con la que las inmobiliarias no solo cobran al arrendador por publicitar y enseñar su vivienda, sino también al inquilino. Una práctica contra la que ya se habían pronunciado diferentes audiencias provinciales, al declarar ilegal que se impusieran estas comisiones tras demandas de compradores de viviendas.

Ahora, con la nueva redacción de la ley, la asociación incide en que no cabe otra interpretación posible que la de que no se puede aplicar ningún cargo al arrendatario por el mero hecho de haberle enseñado el piso que acabe alquilando.

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