El presidente Gustavo Petro anunció que solicitará a su equipo jurídico emprender acciones legales luego de que el Juzgado 29 Laboral del Circuito de Medellín le ordenara provisionalmente abstenerse de utilizar recursos, bienes, canales y escenarios vinculados a su investidura para emitir mensajes de contenido electoral o que puedan favorecer o desfavorecer a candidatos presidenciales.
La decisión fue adoptada en el marco de una acción de tutela presentada por el ciudadano Juan Diego Ríos Rojas y tendrá efectos mientras el despacho judicial resuelve de fondo el caso.
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Durante el Consejo de Ministros realizado este martes 16 de junio, el jefe de Estado cuestionó la medida y manifestó que la considera una limitación a sus intervenciones públicas.
“Eso es callar a un presidente de la República elegido por voto popular. Y le ayudan unos jueces. El último ya dice que no puedo hablar de elecciones. No señor. Y quiero que mis abogados actúen de inmediato”, afirmó el mandatario.
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Petro anuncia acciones legales
En su intervención, el mandatario sostuvo que sus intervenciones públicas relacionadas con personas vinculadas a campañas electorales han estado motivadas, según afirmó, por situaciones que considera constituyen hechos graves y que, en su criterio, deben ser denunciados por los funcionarios públicos.
“Solo he hablado de gente que está en campañas porque hacen crímenes. Y mi obligación es, como funcionario público, denunciarlo. Es una obligación constitucional”, señaló.
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Petro agregó que cualquier servidor público tiene el deber de informar cuando tenga conocimiento de posibles conductas ilícitas y aseguró que esa responsabilidad aplica también para el presidente de la República.
“Mi obligación es denunciar, como el de cualquier funcionario público, cuando vea la comisión de un delito. Y aquí son graves”, afirmó durante su intervención.
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En el mismo pronunciamiento, el mandatario hizo referencia al candidato presidencial Abelardo De la Espriella y cuestionó algunas de sus actuaciones. Según indicó, considera que existen hechos que deben ser puestos en conocimiento de las autoridades y que, a su juicio, hacen parte de asuntos de interés público.

Qué ordenó el Juzgado 29 Laboral de Medellín
La decisión judicial establece que el presidente Gustavo Petro deberá “abstenerse de utilizar los recursos, bienes, canales, escenarios y plataformas vinculados a su investidura y al ejercicio de sus funciones” para difundir propaganda electoral o mensajes dirigidos a favorecer o desfavorecer, de manera directa o indirecta, a cualquiera de los candidatos que participan en la segunda vuelta presidencial.
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La medida incluye:
- Las alocuciones oficiales.
- Los eventos públicos convocados o atendidos en calidad de presidente.
- Los escenarios nacionales e internacionales a los que accede por razón del cargo.
- La cuenta de X @petrogustavo, en cuanto sea utilizada como instrumento asociado al ejercicio de la función pública.
De acuerdo con el auto judicial, la medida es provisional y estará vigente mientras se adelanta el estudio de la tutela.

El antecedente citado por el juzgado
Dentro de la decisión, el despacho recordó que el pasado 28 de mayo el Consejo de Estado ya había emitido una orden relacionada con la participación en política de los servidores públicos.
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Según el documento, esa corporación le solicitó al mandatario abstenerse de difundir contenidos de propaganda política en cumplimiento de lo establecido en el numeral 2 del artículo 38 de la Ley 996 de 2005.
El juzgado señaló este antecedente al momento de adoptar la medida cautelar solicitada por el accionante.
La tutela presentada contra el mandatario
La acción de tutela fue presentada por el ciudadano Juan Diego Ríos Rojas, quien argumentó que diversas publicaciones realizadas por el presidente en su cuenta de X y algunas de sus intervenciones públicas podrían afectar garantías relacionadas con el proceso electoral.
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Para sustentar la solicitud, el accionante presentó publicaciones difundidas en medios de comunicación y capturas de pantalla de mensajes publicados por el mandatario en redes sociales.
La decisión judicial se produjo a pocos días de la segunda vuelta presidencial programada para el 21 de junio.

Las publicaciones y pronunciamientos objeto de revisión
De acuerdo con la información conocida del proceso, la tutela hace referencia a publicaciones realizadas por el jefe de Estado después de la primera vuelta presidencial, así como a declaraciones públicas relacionadas con el desarrollo de la campaña.
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Asimismo, el juzgado indicó que las medidas buscan preservar las condiciones mientras se estudia de fondo el caso y se determina si existió o no una vulneración de los derechos invocados por el accionante.
La providencia también señala que el presidente deberá evitar utilizar escenarios oficiales para emitir mensajes dirigidos a influir en la contienda electoral entre los candidatos Iván Cepeda y Abelardo De la Espriella.
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