
La Procuraduría General de la Nación activó el poder preferente para revisar investigaciones sobre acoso sexual en materia laboral, después de que se reportaran disturbios recientes en el Politécnico Jaime Isaza Cadavid de Medellín.
Según el Ministerio Público, los disturbios estarían originados por el manejo de procesos disciplinarios relacionados con conductas de contenido sexual.
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“La Procuraduría General de la Nación ejercerá el poder preferente para la atención de casos de acoso sexual en materia laboral, tras los disturbios presentados en días pasados en el Politécnico Jaime Isaza Cadavid de Medellín, que presuntamente habrían sido generados por el manejo de procesos disciplinarios relacionados con temas de contenido sexual”, señaló el Ministerio Público.

El comunicado oficial indicó que el jefe del Ministerio Público tomó la decisión de asumir el trámite de estos casos y verificar posibles inconsistencias en los procedimientos internos de la institución educativa.
La Procuraduría solicitó información al Politécnico Colombiano Jaime Isaza Cadavid sobre los expedientes existentes y la etapa procesal en que se encuentran.
“El jefe del Ministerio Público ejerció el poder preferente para tramitar este caso de manera prioritaria y revisar posibles inconsistencias en el manejo de procesos de acoso sexual en materia laboral, en la institución educativa pública”, señaló la Procuraduría.
Según la información entregada, actualmente la institución adelanta un proceso disciplinario por acoso sexual en el ámbito laboral y ya se dictó fallo de primera instancia. La autoridad nacional enfatizó que la investigación seguirá bajo vigilancia preferente, conforme a la Circular 06 de 2025 expedida por la entidad.
“La Procuraduría solicitó información al Politécnico Colombiano Jaime Isaza Cadavid sobre la existencia de actuaciones disciplinarias en etapa de juzgamiento, confirmando que actualmente la institución de educación superior tramita un proceso que cumple los lineamientos y sobre el cual se profirió un fallo de primera instancia”, puntualizó el Ministerio Público.
Condena por acoso sexual en Colombia
En Colombia, las condenas por acoso sexual cuentan con un marco jurídico específico que establece sanciones penales y administrativas para quienes sean hallados culpables por este delito.
La Ley 2365 de 2024 define el acoso sexual como cualquier acto de persecución, hostigamiento o asedio de connotación sexual en contextos laborales o educativos, y dispone una serie de medidas para su prevención y sanción.

El acoso sexual está tipificado como delito en el Código Penal colombiano, y puede conllevar penas privativas de la libertad, así como inhabilidades para ocupar determinados cargos.
De acuerdo con la Ley 2365 de 2024, las personas condenadas por acoso sexual pueden enfrentar penas de prisión que oscilan entre uno y tres años, según la gravedad y circunstancias del caso.
Además, el fallo condenatorio puede incluir multas económicas y la obligación de participar en programas de tratamiento o sensibilización sobre violencia sexual. La legislación colombiana prevé también medidas de protección para las víctimas, que pueden solicitar el traslado del agresor, el cambio de funciones o la suspensión del vínculo laboral o académico.
La Ley 2375 de 2024 introduce una sanción adicional para quienes hayan sido condenados por delitos sexuales contra menores de edad: la imposibilidad de desempeñar cargos, oficios o profesiones que impliquen contacto directo y habitual con menores. Esta restricción se aplica de manera indefinida y busca impedir que personas condenadas por delitos sexuales puedan reincidir en espacios donde existen poblaciones vulnerables.
Las normas establecen que las instituciones educativas y los empleadores deben adoptar protocolos claros para la atención de denuncias de acoso sexual y garantizar la protección de las víctimas.
Las entidades que incumplan con estas obligaciones pueden ser objeto de sanciones administrativas, incluidas multas y la suspensión de actividades.
Las condenas por acoso sexual, además del impacto penal, pueden acarrear consecuencias civiles y disciplinarias, como la destitución de cargos públicos o la terminación de contratos laborales.
La información sobre condenas y sanciones por acoso sexual en Colombia se encuentra detallada en los textos oficiales de la Ley 2365 de 2024 y la Ley 2375 de 2024, disponibles en el portal de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
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