
El ruido cada vez es una materia más visible en Colombia. La contaminación auditiva parece ser un factor cada vez más relevante en la legislación, en especial, cuando los profesionales de la salud son cada vez más insistentes en comunicar los fuertes efectos de los altos decibeles en la salud. Incluso, los impactos del ruido en actividades que requieren atención, como conducir un vehículo.
Por eso, para los viajeros que aprovechan la Semana Santa para recorrer las carreteras del país es pertinente conocer las sanciones que los conductores pueden enfrentar por exceder los límites permitidos.
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En el Código Nacional de Tránsito Terrestre se detallan diversas infracciones relacionadas con la contaminación acústica, y es fundamental que los conductores estén al tanto de las consecuencias de un volumen excesivo de música en sus automóviles.
Lo que muchos no saben es que este comportamiento puede resultar en multas significativas, según lo estipulado por la normativa nacional.
Las infracciones por contaminación acústica en Colombia
El Código Nacional de Tránsito establece varias infracciones relacionadas con el exceso de ruido, y es importante tener en cuenta que cada una tiene un costo diferente.
Este documento que legisla todo lo correspondiente al comportamiento de los colombianos en las vías urbanas, departamentales e intermunicipales establece que la contaminación auditiva debe ser regulada por la Resolución 8321 del 4 de agosto de 1983 del Ministerio de Salud. Esta, a su vez, determina los límites tanto para el ruido generado por vehículos como para los ruidos provenientes de equipos de sonido en los autos.

- Comparendo B09: Esta infracción es impuesta a los vehículos de servicio público que utilizan equipos de sonido a volúmenes altos, lo que resulta incómodo para los pasajeros. El costo de la multa es de 8 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLDV), lo que equivale a aproximadamente $346.667. No se aplica la inmovilización del vehículo.
- Comparendo B23: Se refiere a los vehículos particulares que circulan con sistemas de sonido o parlantes que superan los niveles de ruido permitidos. También cubre el uso de pantallas o proyectores mientras el vehículo está en movimiento. Esta infracción también conlleva una multa de $346.667 y no incluye inmovilización.
- Comparendo C28: Esta sanción se aplica a los conductores que usan sirenas o luces intermitentes de alta intensidad, dispositivos reservados para vehículos oficiales como bomberos o ambulancias. También se penaliza el uso de dispositivos que aumenten el ruido del escape de gases. La multa por esta infracción es de $650.000, lo que equivale a 15 Smldv.
- Comparendo D17: Esta infracción se refiere a los conductores que generan ruidos excesivos, causando molestias a otros ciudadanos, lo que está directamente relacionado con la emisión de contaminantes o ruidos. La multa por este comparendo es de $1.300.000 (30 Smldv), una de las más altas por infracciones de ruido.

Límites de contaminación acústica en los vehículos
La Resolución 8321 del Ministerio de Salud establece límites de contaminación acústica dependiendo del tipo de vehículo. Estos límites se aplican tanto en áreas urbanas como rurales y son fundamentales para evitar sanciones. A continuación, los límites permitidos:
- Vehículos que pesen menos de 12 toneladas: hasta 83 decibeles.
- Vehículos de 2 a 5 toneladas: hasta 85 decibeles.
- Vehículos de más de 5 toneladas: hasta 92 decibeles.
- Motocicletas: hasta 86 decibeles.
Para que estas sanciones sean efectivas, las autoridades deben contar con pruebas de la emisión de ruidos, las cuales se obtienen mediante mediciones en los Centros de Diagnóstico Automotor (CEA) con dispositivos especiales diseñados para este fin.

Las infracciones por contaminación acústica no solo afectan a quienes generan el ruido, sino también a la comunidad en general. Los conductores deben ser conscientes de que el exceso de ruido no solo es molesto, sino que también puede tener consecuencias legales y económicas, que serán cada vez más impuestas en las vías del país.
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