Luego de que la Corte Constitucional tumbara el Decreto 1085 de 2023 con el que Gobierno nacional declaró en estado de emergencia económica, social y ecológica a La Guajira a finales de junio de 2023, el mismo mandatario se manifestó en sus redes sociales sobre el tema para compartir su punto de vista frente a la decisión del alto tribunal.
De entrada, el mandatario señaló que “muchas voces” pedían que se diera por obsoleta su determinación debido a que esta podría darle mucho poder al máximo líder del Pacto Histórico. Seguido a ello, el presidente Petro indicó que es triste que la ciudadanía considere dicha posibilidad.
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La postura del mandatario está basada en que, para él, en una crisis climática “aumenta es el poder de la naturaleza” que calificó como impredecible, así como el ”poder de la muerte”, desmintiendo así que se incrementen los “poderes del ser humano”.
A pesar de la determinación emitida desde la Corte Constitucional, que habría representado un “fallo” en su llamado a una “juridicidad para la crisis climática” para el presidente, el mandatario enfatizó en que su “lucha por la vida” continuará. De hecho, invitó a los colombianos a leer la nueva encíclica del papa Francisco, que hace referencia a la problemática a nivel mundial.
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Horas antes de publicar el mensaje, el mandatario había sugerido a los habitantes de La Guajira recoger las aguas lluvias que como una medida preventiva ante la posible sequía que se pueda presentar próximamente.

Por qué la Corte Constitucional decretó la “caída” de la emergencia económica en La Guajira
La decisión del alto tribunal está basada en que la Sala Plena calificó el decreto de la emergencia económica, social y ecológica en La Guajira inconstitucional. Según el organismo, la medida es inexequible.
De igual forma, la Corte Constitucional decidió conceder efectos diferidos en el término de un año, contando a partir de la expedición del decreto, que fue el 2 de julio de 2023.
La medida del alto tribunal representa un golpe para el Gobierno de Gustavo Petro, teniendo en cuenta que el decreto le otorgaba al presidente de la República poderes extraordinarios, como la posibilidad de promulgar decretos de ley sin necesidad de que pasen por la aprobación del Congreso.
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