Exoneración del IGV a alimentos: publican ley con lista de estos 5 productos

La publicación indica que Indecopi debe encargarse del monitoreo de los precios de venta al consumidor final de los bienes que forman parte de la canasta básica familiar.

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Exoneración del IGV a alimentos
Publican ley exoneración del IGV a alimentos. | Foto: Agencia Andina

La Ley Nº 31452, Ley que exonera del Impuesto General a las Ventas (IGV) los alimentos de la canasta básica familiar, fue publicada este jueves 14 de abril en las Normas Legales de El Peruano.

La norma, publicada por el Congreso de la República tiene como objetivo “establecer medidas extraordinarias relacionadas con el impuesto general a las ventas aplicable a los principales alimentos que formen parte de la canasta básica familiar, con la finalidad de atenuar el impacto inflacionario generado por la coyuntura económica internacional”.

PRODUCTOS EXONERADOS DE IGV

En el artículo 2 se especifica que se exonerará del IGV, hasta el 31 de julio de 2022, la venta en el país o importación de los siguientes bienes que conforman la canasta básica familiar:

1. Carne de aves de la especie Gallus domesticus frescos, refrigerados o congelados (pollo) (Partidas arancelarias 0207.11.00.00/ 0207.14.00.90)

2. Huevos frescos de gallina de la especie Gallus domesticus (Partidas arancelarias 0407.21.90.00)

3. Azúcar (Partidas arancelarias 1701.14.00.00 1701.99.90.00)

4. Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma (Partidas arancelarias 1902.11.00.00/ 1902.19.00.00)

5. Solo: pan (Partidas arancelarias 1905.90.90.00)

Sin embargo, se indica que la mención de los bienes en este artículo es referencial y que, para los efectos del impuesto, debe considerarse los bienes contenidos en las partidas arancelarias.

CRÉDITO FISCAL

En el artículo 3 se menciona que los comerciantes de bienes señalados “podrán aplicar como crédito fiscal el impuesto general a las ventas correspondiente a las adquisiciones y/o importaciones de los principales insumos requeridos en el proceso productivo de los bienes exonerados, los cuales serán determinados mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas”.

VIGENCIA DE LA LEY

En las disposiciones complementarias finales se señala que la presente ley entra en vigencia a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano. Es decir, el 1 de mayo de 2022.

Precio del pollo
El precio del pollo en mercados no bajaría pese a exoneración del IGV, según la Asociación Peruana de Avicultura. | Foto: Agencia Andina

OTRAS DISPOSICIONES

Además, se especifica que, mediante decreto supremo, el MEF deberá establecer las normas reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la ley, focalizando la medida en aquellos insumos de mayor relevancia.

Lo dispuesto en esta ley es de aplicación a las operaciones de importación o venta de los bienes señalados que se realicen en las zonas comprendidas en la Amazonía (a que se refiere la Ley 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía)

También se indica que Indecopi debe encargarse del monitoreo de los precios de venta al consumidor final de los bienes que forman parte de la canasta básica familiar comprendidos en esta Ley.

La norma lleva la firma de la presidenta del Congreso de la República, María del Carmen Alva, y de la primera vicepresidenta, Leidy Camones Soriano.

ALLANAMIENTO DEL CONGRESO

Cabe indicar que el pleno del Congreso aprobó ayer el dictamen de allanamiento a las observaciones del Poder Ejecutivo para exonerar del impuesto general a las ventas (IGV) a los principales alimentos de la canasta básica familiar, ya que la ley anterior alcanzaba a productos que no formaban parte de los productos más consumidos por los peruanos como la gallina de Guinea y el faisán.

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