
La defensa del gerente de El Salvador-Funeraria Castellana, Ignacio M.V, ha denunciado públicamente que toda la causa abierta contra los encausados por el denominado 'caso ataúdes' se cimenta sobre el material recopilado por el extrabajador Justo M.G, a quien las acusaciones presentan como "brújula moral" cuando en realidad, ha advertido, se trata de una persona que está condenada por un intento de extorsión al dueño del grupo funerario.
Aunque el policía que instruyó el atestado dio "presunción de veracidad" a dicha prueba, el defensor ha aprovechado su alegato para poner en solfa al autor de la misma, "una persona envidiosa y rencorosa que quiso extorsionar a Ignacio padre", y por eso ha pedido del tribunal un "acto de desconfianza" sobre dicho material recogido en libertas, dietarios, archivadores, carretes de fotos y pendrives. "Los acusados son aquí meros espectadores de una batalla entre el odiador y el odiado, y ambos están muertos", ha apuntado la defensa.
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A este respecto, el abogado, en declaraciones recogidas por Europa Press, ha hecho un paralelismo entre el presente caso y el robo del Códice Calixtino, ocurrido en julio de 2011 en la Catedral de Santiago de Compostela y que concluyó con la detención de un electricista cuyo móvil fue exclusivamente la venganza tras ser despedido. "Dijo que lo hizo por fastidiar al Deán", recuerda el letrado, quien añade que aquí "ocurre lo mismo", en referencia a la inquina de Justo hacia Morchón padre, al haberse construido un relato incriminatorio a partir de la actuación de un trabajador que no es fiable.
El defensor mantiene que Justo "pierde el norte" y entre 2013 y 2014 redobla su actividad recopilatoria al ver que su vida laboral llega a término y va a quedar con una jubilación mínima y, encima, se cabrea porque no se contrata a su hijo. "¡Ahora voy a explicar lo que es la vida a estos opresores de mis jefes!", es el pensamiento que el abogado ha puesto en la mente del trabajador, cuya anotación de "C.SÍ" en sus libretas rechaza que responda a caja robada. "Yo veo que significa condena sí", ha denunciado el jurista.
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El representante legal de Ignacio 'junior' ha sido la primera de las diez defensas de los veintitrés acusados en tomar la palabra este martes para, en una alocució de más de dos horas, reiterar al tribunal su petición de un fallo absolutorio, después de que en la jornada de este lunes fueran las acusaciones pública y las dos particulares las que abrieron el turno de informes, con la única novedad, por parte del fiscal, de la rebaja de las peticiones de condena a 12 años aplicadas a la viuda del dueño del grupo empresarial, María del Rosario V.L, y a su hija 'Rosi' por delitos de blanqueo de capitales y pertenencia a grupo organizado, rebaja que las otras dos acusaciones tan sólo aplican a la madre.
LA "SUGESTIÓN" DE LOS TESTIGOS-VÍCTIMAS
En su intervención ante la Audiencia de Valladolid, escenario del juicio que se prolonga ya desde hace casi cuatro años, el referido defensor ha aprovechado para denunciar que la repetición machacona de declaraciones de perjudicados a lo largo del proceso puede inducir al "error" del tribunal, "dentro de esa atmósfera de intentar crear un entorno incriminatorio", capítulo en el que se ha referido a esos testigos-víctimas cuyas manifestaciones mantiene que, en buena parte de los casos, han estado "sugestionadas" por las instrucciones recibidas desde la asociación que les representa en el juicio.
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Al mismo tiempo, ha solicitado la nulidad de actuaciones y el sobreseimiento de la causa al entender que la Policía Nacional llevó a cabo una investigación que se mantuvo oculta ante el propio juzgado de instrucción, la Fiscalía y la mercantil enjuiciada, lo que supone una vulneración de los derechos fundamentales de todos los encausados.
En este sentido, ha recordado que a los ocupantes del banquillo se les enjuicia a partir de un proceso inicial, totalmente ajeno al presente, que se remonta a 2017 cuando su patrocinado presentó denuncia contra el principal testigo de los hechos, el extrabajador Justo M.G, ante el intento de extorsión de éste con amenazas de hacer público el supuesto escándalo ahora analizado. "Y a mi cliente se le piden veinte años de cárcel y a la empresa 20 millones de euros que pueden llevarla a la quiebra", ha censurado.
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En esa investigación, que concluyó en sentencia condenatoria de Justo por conformidad de éste, el abogado denuncia que la Policía Nacional registró el domicilio del denunciado y obtuvo numerosa documentación que los agentes actuantes "hurtaron" al Juzgado de Instrucción 6 que investigaba únicamente el delito de extorsión, así como a la Fiscalía vallisoletana y la mercantil Parque El Salvador, que figuraba personada como acusación particular en dicho procedimiento.
Así, el representante de Ignacio M.V. ha insistido en que la policía acudió al domicilio de Justo a sabiendas de lo que podía encontrar allí, "sin que fuera un hallazgo casual", y sostiene que lo intervenido lo mantuvo en secreto, sin que entre 2017 y hasta ahora 2026 figure ninguna resolución judicial de Instrucción 6 que validara esas actuaciones que han dado lugar al presente juicio del 'caso ataúdes', lo que llevó a la situación de que su cliente entendía que era testigo y denunciante de un caso de extorsión sin saber que, paralelamente, estaba siendo investigado por la causa objeto ahora de juicio.
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Por ello, el abogado asegura que estamos ante un caso claro de vulneración del derecho a no autoincriminarse y al secreto de la causa y al mismo tiempo ha denunciado la nulidad del secreto bancario cometido, ya que la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) emprendió entre 2001 y 2018 la inspección de las cuentas y cualquier movimiento de buena parte de los investigados, "en un claro ejercicio prospectivo, incompatible con el derecho a la intimidad, sin delimitación temporal y sin justificación alguna".
Además de la teoría del fruto del árbol envenenado, lo que en su opinión tendría que llevar al tribunal al sobreseimiento y archivo de la causa y a la absolución de todos los acusados, el letrado ha solicitado también la nulidad de los 'pinchazos' telefónicos realizados y ha invocado la vulneración del derecho de contradicción de todos, al no poder confrontar lo denunciado en su día por el citado trabajador Justo por encontrarse fallecido.
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UNA MERA "IRREGULARIDAD FISCAL"
Asimismo, el defensor del gerente del grupo empresarial considera que el procedimiento tendría que haberse dirimido en todo caso en la vía civil, no penal, para analizar si la empresa cumplió o no el contrato del servicio funerario, algo que entiende que se ejecutó de forma escrupulosa porque los difuntos fueron incinerados.
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"En el supuesto de que el planteamiento de la vía civil fuera erróneo, no estaríamos ante un robo de féretro sino de un mero hurto, algo que no es objeto de este juicio", ha añadido el letrado, para quien tampoco estamos ante un delito de estafa, un delito de apropiación indebida, ni falsedad documental ni blanqueo de capitales, sino únicamente una "irregularidad fiscal" a la hora de declarar a Hacienda por una actividad empresarial.
En esa inexistencia de los referidos delitos, el representante discrepa respecto del informe del Servicio de Vigilancia Aduanera, que cifra en más de 4.500 el "descuadre" entre los féretros que figuran comprados y los realmente adquiridos, tras apuntar que se ha logrado hallar el 98 por ciento de la documentación del grupo funerario a lo largo de dos décadas. "No hay un dinero criminal, no hay ausencia de compras...para ese blanqueo de capitales se necesitaría encontrar un agujero negro de dimensiones masivas que no se da en este caso", ha zanjado.
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