Buenos Aires 30 mar (EFE).- La Justicia de Argentina resolvió este lunes hacer lugar a una medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT), mayor central obrera del país, y suspender la aplicación de 82 de los 218 artículos de la Ley de Modernización Laboral impulsada por el Gobierno del presidente Javier Milei y aprobada el pasado febrero por el Congreso.
El juez laboral Raúl Ojeda consideró que existen indicios de regresividad en materia laboral, afectación de principios constitucionales y riesgo de daños irreparables, al decidir la suspensión provisoria de artículos que introducen cambios sustanciales al régimen laboral argentino.
Entre los 82 artículos afectados por la resolución se encuentran aquellos que limitan el derecho a huelga al establecer límites para la realización de asambleas y los que habilitan sanciones contra conductas gremiales e incluso prevén el quite de personería jurídica para sindicatos, entre muchos otros.
El juez resolvió además suspender aquellos artículos que afectan el derecho de negociación colectiva y que introducen cambios en los períodos de prueba, en la computación de los años de antigüedad y en las indemnizaciones.
El fallo deja temporalmente sin efecto la derogación de la ley de teletrabajo y los artículos que limitan la responsabilidad de las empresas que utilizan mano de obra tercerizada y que califican de "prestadores independientes" a los trabajadores de plataformas tecnológicas.
Según la demanda sindical, la reforma establece "modificaciones peyorativas y permanentes" que vulneraban de forma ostensible derechos constitucionales, así como la protección ante el despido y la libertad sindical.
El juez reconoció la legitimidad del reclamo de la CGT y decidió dar lugar a esta medida provisoria, que podrá ser apelada por el Estado nacional.
Por la cantidad de artículos afectados, la medida cautelar resuelta este lunes es una de las más importantes dictadas hasta ahora en contra de la reforma laboral.
Hace apenas unos días, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) consiguió la suspensión de los artículos que limitaban la vigencia de los convenios colectivos y la financiación sindical.
La norma también motivó al menos cinco fallos por parte de distintos jueces locales en rechazo a un artículo que modifica el cálculo de las indemnizaciones.
La reforma laboral fue aprobada el 27 de febrero por el Congreso y promulgada apenas unos días después, en medio de sucesivas manifestaciones y una huelga general convocada por la CGT. EFE
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