
Entre las peticiones de la Agrupación Deportiva Ibérica (ADI LGTBI+) figura el reforzamiento de la educación inclusiva y la promoción de referentes positivos dentro de los clubes, federaciones y organismos deportivos internacionales, orientadas a combatir la discriminación. Según informó ADI LGTBI+ en un comunicado recogido por varios medios y consignado por Europa Press, la agrupación señaló la importancia de garantizar que la normativa aplicada en el deporte base priorice la participación total y el fomento de la salud física y mental de todas las personas, sin intimidaciones ni exclusión motivada por motivos de género o diversidad sexual.
El medio Europa Press detalló que ADI LGTBI+, que agrupa a la mayor parte de clubes deportivos LGTBI+ e inclusivos de España y Portugal, expresó su rechazo a la decisión del Comité Olímpico Internacional (COI) de restringir la participación de mujeres transgénero en las categorías femeninas, política que entrará en vigor a partir de los Juegos Olímpicos de Los Ángeles 2028 y que, según se precisó, no se aplicará con efecto retroactivo. Esta medida ha suscitado preocupación en la agrupación, que considera que la normativa se fundamenta en la categorización de “mujeres biológicas”, criterio que ADI LGTBI+ califica de acientífico.
De acuerdo con el comunicado emitido por ADI LGTBI+ y reproducido por Europa Press, la agrupación sostiene que la equidad en el deporte femenino requiere la promoción de recursos y programas igualitarios, en lugar de establecer barreras excluyentes. Según la entidad, las políticas de acceso deben sustentarse en argumentos científicos pluralistas y transparentes, sin imposiciones restrictivas que resulten discriminatorias. ADI LGTBI+ exige al COI la modificación inmediata de su política para garantizar la participación plena, inclusiva y segura de todas las atletas, permitiendo que se respete tanto su identidad de género como su derecho a competir en igualdad de condiciones.
ADI LGTBI+ argumentó, según reportó Europa Press, que los criterios actuales de elegibilidad publicados por el COI y basados en la clasificación de “mujeres biológicas” y la aplicación de pruebas genéticas asociadas al gen SRY no reflejan la complejidad del desarrollo sexual humano y la diversidad de identidades de género. La agrupación advierte que la aplicación de este enfoque excluye tanto a deportistas trans como a mujeres con diferencias en el desarrollo sexual (DSD), a pesar de que, históricamente, estas deportistas han competido y se han identificado dentro de la categoría femenina.
El texto de ADI LGTBI+ difundido por Europa Press apunta que la justificación del COI para establecer esta política se centra en los conceptos de equidad y seguridad en la competición femenina. Sin embargo, según ADI LGTBI+, esta posición parte de suposiciones generalizadas sobre posibles ventajas masculinas y omite considerar tanto la variedad de situaciones individuales como los casos específicos que desafían esas generalizaciones. La agrupación sostiene que la discusión sobre el rendimiento en el deporte vinculado al sexo biológico es compleja y carece de consenso absoluto en la comunidad científica, por lo que una política basada en simplificaciones puede favorecer situaciones de discriminación y vulnerar derechos fundamentales relacionados con la inclusión y la dignidad de las personas deportistas.
ADI LGTBI+ insiste en la necesidad de modificar con urgencia la regulación del COI para incluir sin exclusiones a deportistas trans y mujeres con DSD en la categoría femenina, bajo criterios que valoren la pluralidad científica y se abstengan de imponer reglas simplificadas que puedan fomentar la discriminación. Por añadidura, la agrupación requirió que la elegibilidad deportiva incorpore garantías que eviten cualquier medida restrictiva con posibles efectos excluyentes, además de pedir una protección activa de derechos humanos dentro del ámbito deportivo internacional.
En su posicionamiento, reproducido por Europa Press, ADI LGTBI+ recuerda que la legislación española prohíbe la discriminación en el acceso al deporte por motivos de orientación sexual, identidad o expresión de género. Alude a la Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans, la Ley 39/2022 del deporte y la Ley 15/2022 de igualdad de trato y no discriminación, como respaldo normativo de esta protección. Según expusieron desde ADI LGTBI+, las medidas adoptadas por el COI colisionan con los principios recogidos en estos textos legales.
Para la agrupación, es fundamental que el COI, al establecer sus políticas, considere la diversidad y la complejidad individual presentes en las personas deportistas, y tome en cuenta las recomendaciones de organismos y expertos que reclaman procesos basados en la ciencia y el respeto a los derechos humanos. ADI LGTBI+ subraya que el compromiso con la inclusión y la equidad solo puede alcanzarse mediante reglas revisadas y legítimas, que integren la evidencia científica más actual y plural, y respalden los valores de no discriminación y plena participación en el deporte a todos los niveles.
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